El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitió una serie de regulaciones para el otorgamiento de autorizaciones ambientales para la construcción de proyectos habitacionales en zonas de montañas.
Mediante resolución 0005-2017, el titular de la cartera, Francisco Domínguez Brito, indicó que todo proyecto habitacional ubicado en zona de montaña y/o con vocación forestal, de interés para la producción de agua o terrenos de montaña, para obtener una autorización ambiental necesitará cumplir una serie de requisitos relativos a la pendiente, ocupación permitida y altura máxima detallados en la resolución.
“Toda intervención en zona de montaña debe respetar la condición hidrológica del terreno; las riberas de los ríos y arroyos deben preservar y mejorar su cobertura florística”, detalló.
También ninguna infraestructura o estructura, incluyendo viviendas o lotificaciones, podrán ubicarse en alturas superiores a 1,200 metros sobre el nivel del mar. Asimismo, todo proyecto en zona de montaña debe evaluar la existencia de corredores biológicos y garantizar la conectividad existente.