Entre las factultades del presidente de la Cámara de Cuentas (CC) está la de presentar una terna al pleno de esa entidad para que elija el secretario o secretaria general de dicho órgano.

La disposición está consignada en varios artículos del proyecto legislativo que busca reformar la Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas aprobada en primera lectura en la pasada sesión ordinaria del Senado.

La pieza otorga atribuciones administrativas al titular del órgano fiscalizador con la finalidad de evitar situaciones de ingobernabilidad, por lo que elimina la secretaría general del bufete directivo. La nueva legislación pondera que la Secretaría General es un órgano de carácter técnico dirigido por un secretario general, “que será designado por el Pleno a partir de una terna presentada por el presidente de la Cámara de Cuentas”.

Tal como habían anunciado legisladores de la comisión bicameral apoderada de la iniciativa, de los cinco miembros que componen el pleno del órgano constitucional sólo dos formarán parte del bufete directivo -presidente y vicepresidente- y no tres, como está concebido en la actualidad.

Otro punto a destacar en el proyecto de ley, es que ante la suspensión por juicio político o ausencia definitiva de la totalidad de los integrantes del Pleno, el secretario o secretaria general asumirá, de manera transitoria, las funciones administrativas, hasta tanto sea habilitado o designado el Pleno.

Asimismo, la Secretaría General de la Cámara de Cuentas tendrá la facultad de levantar, redactar, certificar y registrar las actas, resoluciones, decisiones y normativas de las sesiones del Pleno; conservar y custodiar el archivo de las decisiones del Pleno; despachar y ejecutar las encomiendas ordenadas por el Pleno; dar seguimiento y velar por la ejecución de las decisiones emanadas del Pleno, para su fiel ejecución; expedir certificaciones sobre los asuntos a su cargo; cualquier otra función que le sea asignada por el Pleno; y otras dispuestas en el Reglamento de Aplicación General de la Ley de Cámara de Cuentas.

Se recuerda que la Ley 10-04, en su artículo 23, establece la designación de una secretaría general auxiliar, cuyas labores están orientadas y coordinadas por la secretaría del bufete directivo. Con las nuevas modificaciones en la iniciativa, se busca evitar que los titulares del órgano auditor tengan control del contenido de las actas.

La Cámara de Cuentas es el órgano superior externo de control fiscal de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado.

La comisión tuvo 37 reuniones

El 03 de septiembre del año 2020 fue solicitada la conformación de una comisión bicameral para agilizar el proceso de estudio de la reforma a la Ley 10-04. En ese sentido, los nueve senadores y 15 diputados que integran la comitiva fueron designados el 11 de mayo del 2021.

En su informe favorable, la comisión destaca que en esos dos años se reunió 37 veces para analizar “de forma exhaustiva” tres iniciativas. Dos fueron sometidas en la Cámara Alta por los senadores Félix Bautista y Faride Raful; la otra en la Cámara Baja por los diputados Alfredo Pacheco, Máximo Castro y Nicolás Hidalgo.

Cuatro legisladores no firmaron la pieza de ley

De los 24 miembros que integran la comisión bicameral designada para estudiar la modificación de la Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas, cuatro no firmaron el informe. Se trata de los senadores Iván Silva (PRD-La Romana) y José del Castillo Casado (FP-San José de Ocoa); así como los diputados Luis Sánchez y Pedro Martínez, de los partidos Revolucionario Moderno (PRM) y Alianza País (AP), respectivamente. En la pasada sesión, el Senado aprobó por unanimidad en primera lectura la pieza legislativa, pendiente de ser sancionada en segunda discusión.

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