Senado aprueba en primera lectura reforma del Código Penal; deja fuera tres causales del aborto

Esta es la cuarta vez que la Cámara Alta refrena la norma legislativa en los últimos cinco años

Santo Domingo.- Tras más de cuatro meses de estudio en el seno de una comisión bicameral, el Senado de la República aprobó este jueves en primera lectura, por unanimidad, la reforma del Código Penal, que deja fuera las tres causales del aborto.

El «proyecto de ley orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana», como se llamaría ahora, lleva más de 20 años de debate en el Congreso Nacional; contempla más de 70 nuevos tipos penales; el cúmulo de penas de hasta 60 años de cárcel; e incrementa la pena máxima de 30 a 40 años de prisión.

Esta es la cuarta vez que la Cámara Alta sanciona la norma legislativa en los últimos cinco años: primero fue en 2021, luego en 2023 y después en el 2024. En cada uno de estos periodos la legislación ha perimido en la Cámara de Diputados, siendo la principal razón por las tres causales del aborto, aunque legisladores han dicho que en 2021 fue por el término «orientación sexual» en el artículo que sanciona la discriminación.

La iniciativa refrendada por los 23 senadores presentes en la sesión fusiona seis proyectos y consta de 413 artículos; la pieza base, la 00437, tenía 419 artículos y fue sometida por el senador Ramón Genao Durán.

El propósito del pliego legal aprobado es modificar el Código Penal vigente y adecuarlo a las necesidades de la sociedad actual, en un marco jurídico que responda a la evolución de los tiempos modernos y que garantice el derecho de los ciudadanos y habitantes en el territorio nacional, además, proveer soluciones a la justicia, haciendo más efectivo su funcionamiento en el contexto de los principios de legalidad, equidad y razonabilidad.

Novedades

Entre las novedades de la reforma del Código Penal están el cúmulo de penas de hasta 60 años de prisión; incremento de la pena máxima de 30 a 40 años; la naturaleza de las infracciones; clasificación general de las infracciones; nuevas modalidades de la pena, adicionando la privación de libertad los fines de semana y días feriados; escala y cuantía de la prisión mayor; escala y cuantía de la multa; y clasificación de la pena leve, grave y muy grave.

También el genocidio; feminicidio; hostigamiento y el bullying; violación intrafamiliar; actividad sexual no consentida; daño con sustancia química (o ácido del diablo); infracciones contra la administración pública; sobrevaluación ilegal de servicio, producto u obra contratada; sicariato, tortura o acto de barbarie; quebrantamiento de las órdenes de protección; el arresto ilegal o encierro; corrupción; infracción por medios de comunicación; el ciberespacio espacio; y negocios con estructuras piramidal fraudulenta.

Para ser ley, el Senado deberá aprobar el proyecto en segunda lectura e igual la Cámara de Diputados. Si no hay modificación por los diputados, la legislación pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
La ley entrará en vigencia 12 meses después de su promulgación.

El Código Penal vigente se promulgo mediante el Decreto-Ley No. 2274 el 20 de agosto de 1884, tomando como base el código elaborado por Napoleón Bonaparte para el imperio francés en el siglo XX.

Pacheco asiste a sesión de senadores

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, asistió a la sesión de los senadores como un respalda a la importante pieza.

Tipos de aborto, eximente, agresión sexual, homicidio involuntario y feminicidio

Los congresistas dejaron fuera las tres causales del aborto de la reforma jurídica para que en un futuro se trate en una ley especial.

Las causales consisten en permitir el aborto cuando la vida de la madre esté en peligro; el embarazo sea producto de una violación o incesto; y si el feto tiene malformación congénita extrauterina.

El nuevo Código Penal contempla una eximente del aborto, la cual establece que la interrupción del embarazo practicado por personal de la salud especializado en establecimientos de salud, públicos o privados, “no se sancionara si, para salvar la vida de la madre y del feto en peligro, se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles en el centro de salud al momento del hecho”.

La propuesta legislativa divide en tres artículos el aborto: consentido, provocado y forzado.

Los dos primeros tipos de aborto están tipificados con penas de dos a tres años de prisión. En el proyecto base la pena era de uno a dos años.

Se estableció que en los casos cuando la mujer se provoque un aborto, su vida corra peligro y se auxilie a un centro médico, el galeno que la asista le eximiran de responsabilidad penal, porque intenta salvar la vida de madre.

En el aborto forzado, que es la interrupción del embarazo sin el consentimiento libre y voluntario de la mujer embarazada, se fijó la pena de 20 a 30 años de cárcel. En el pliego de ley modelo la condena era de 30 a 40 años.

Se refrendó que la agresión sexual entre adultos tenga una sanción de uno a dos años de prisión y la agresión sexual contra menores de edad se castigue de 10 a 20 años de cárcel.

En cuanto al homicidio involuntario, se aumentó la pena para que sea de dos a tres años de prisión. El Código Penal vigente, en su artículo 319, tipifica este delito con penas de tres meses a dos años de prisión. Un punto muy discutido tras la tragedia de Jet Set, ocurrida el pasado 8 de marzo.

Se estableció que el feminicidio es cuando se compruebe que a la persona la mataron por ser mujer, con penas de 20 a 30 años de prisión; y cuando sea agravado, de 30 a 40 años. El feminicidio es agravado cuando se haya exhibido en público el cuerpo sin vida de la mujer, haya sido violado o mutilado.

Presentarán modificaciones

Omar Fernández dijo que en la próxima sesión presentará una propuesta de modificación al artículo 393 del proyecto, que habla de los atentados a los intereses fundamentales de la nación. Señaló que se trata de un vació legal que encontró, ya que si bien el delito está tipificado, no contiene la pena.

Moisés Ayala aseguró también que para la segunda discusión presentará una propuesta de modificación.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, exhortó a los congresistas a que en este fin de semana revisen la pieza con detenimiento, a fin de preparar las reparaciones que haya que hacerle a la normativa.

Proponentes del proyecto

Los proponentes del nuevo Código Penal son los senadores Ramón Genao Durán, Alexis Victoria Yeb, Félix Bautista, Cristóbal Venerado Castillo, Jonhson Encarnación, Moisés Ayala, Guillermo Lama, Odalis Rodríguez y Antonio Tavéras.

De igual manera, los diputados Rogelio Alfonso Genao, Soraya Suárez –y más de 80 colegas-, Mirna Josefina López, Sadoky Duarte y Sandro Sánchez.

Son 32 los miembros de la comisión bicameral

La comisión bicameral del Código Penal está presidida por el senador Santiago Zorrilla e integrada por sus colegas de la Cámara Alta Pedro Catrain, Antonio Tavéras, Omar Fernández, Rafael Barón Duluc (Cholitín), Aracelis Villanueva, Franklin Romero, Félix Bautista, Ramón Genao Durán, Lía Díaz Santana y Cristóbal Venerado Castillo.

También son parte los diputados Wendy Batista, vicepresidente; Soraya Suárez, Carolin Mercedes de la Cruz, Rogelio Alfonso Genao, Eugenio Cedeño, Carlos Sánchez, Sadoky Duarte, Elías Wessin, Braulio de Jesús Espinal, Dorina Rodríguez, Dellys Dumidia Féliz, Luis Alcides Báez, José Miguel Ferreiras, Carmen Lidia Williams, Charles Mariotti, Carlos de Pérez, Jorge Leonardo Tavárez, Mélido Mercedes, Pedro Martínez, Kenia Bidó y Ramón Mayobanex Martínez.

De los seis proyectos, cinco “provida”

De los seis proyectos de reforma del Código Penal, cuatro fueron sometidos en la Cámara de Diputados y dos en el Senado de la República. Cinco de esas piezas penalizan el aborto y defienden la vida “desde la concepción hasta la muerte”, y solo una permite la interrupción del embarazo en las tres causales (propuesto por el senador Antonio Tavéras).

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