Conforme a lo establecido en el artículo 196 de la Ley Electoral 15/19, desde ayer quedó prohibido inaugurar obras de los ayuntamientos y el gobierno central hasta el 16 de febrero. A partir de esa fecha se levanta la prohibición hasta el 17 de abril y concluye el 17 de mayo.
La pasada semana, la Junta Central Electoral (JCE) emitió un comunicado informando de que a partir de ayer esa medida entra en vigencia para las alcaldías, pues faltan 40 días para los comicios municipales.

¿Qué dice la Ley sobre los plazos que prohiben inaugurar obras?
Artículo 196, párrafo IV: Está prohibido durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresionales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcandías. Asimismo, el gobierno central, las entidades públicas descentralizadas y las alcaldías, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitario extraordinarios.

La ley también prohíbe la publicidad para inducir a votar a favor de un candidato. “Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno nacional o municipal, no podrá contener elementos que promuevan directa o indirectamente la motivación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos de elección popular”, subraya la legislación.

¿Cuáles programas o proyectos no alcanza la prohibición?

Párrafo II: “Se excluyen de esta prohibición los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén contemplados en la planificación regular del Estado los cuales podrán desarrollarse conforme dicha planificación. No podrán ser aumentados ni los beneficiarios ni los montos asignados a estos”.

El programa de asistencia social del gobierno central permanente es Solidaridad que maneja la Vicepresidencia de la República e incluye subsdios como el Bonogas y el Bonoluz. Sin embargo, de acuerdo a lo establecido en la legislación, esos programas no podrán incluir más personas en ese periodo ni aumentar los montos de las asistencias que reciben los beneficiarios durante el periodo de la prohibición.

La medida ha generado debates sobre si algunos programas que desarrolla el gobierno serían alcanzados, especialmente el proyecto de visitas sorpresa que el presidente Danilo Medina realiza cada domingo para dar asistencia a pequeños proyectos, pero eso no figura en la planificación.

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