Alternativas jurídicas

Me consta que en ambas corrientes del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) hay militantes activos que son excelentes abogados. Exjueces, exfiscales, exprocuradores, catedráticos, doctrinarios y prestigiosos juristas con profundos conocimientos…

Me consta que en ambas corrientes del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) hay militantes activos que son excelentes abogados. Exjueces, exfiscales, exprocuradores, catedráticos, doctrinarios y prestigiosos juristas con profundos conocimientos del derecho. Por eso me sorprende que personas conocedoras de alternativas jurídicas posiblemente efectivas para lograr sus objetivos prefieran ser parte de las absurdas e infértiles vías de hecho que se han utilizado.

Fue penoso ver a grandes litigantes que han sudado con éxito sus togas y birretes en los tribunales para plantear y defender sus pretensiones, elegir esta vez sudar sus camisas en escenarios ridículos como la “guerra de las carpas y las sillas” ocurrida la semana pasada en el local del PRD.

En lugar de legitimar escenas lamentables como la citada, que lo único que logran es provocar vergüenza y reducir al mínimo las posibilidades de que el partido tome el poder en el corto y mediano plazo, existen novedosas figuras jurídicas que no han sido exploradas por los abogados perredeístas y que podrían ser interesantes opciones para perseguir sus propósitos sin shows y bajezas.

Por ejemplo, la Ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, contempla en su artículo 104 el “amparo de cumplimiento” como una acción cuyo objeto es lograr, tal como indica su nombre, el cumplimiento de una ley, acto administrativo o reglamento.

Si el deseo del grupo PPH dentro del PRD es vencer a Miguel Vargas Maldonado en una convención y reintegrar a los expulsados en el menor tiempo posible, se me ocurre que en lugar de tiros, sillazos, pedradas, insultos o “recorrer el país” para “agitar las masas”, podrían sus abogados intentar este recurso para garantizar el cumplimiento de la disposición que indica que la convención debe hacerse en julio de 2013 y no en el 2014 como alega la corriente institucional.

Esta herramienta, como casi todas en el derecho, que es en verdad más gris y subjetivo de lo que se explica en las aulas, podría o no arrojar los resultados deseados por la parte que la utilice, pero estoy segura de que las probabilidades de éxito son mayores que con los mecanismos hasta ahora utilizados, y sin dudas más democrática y mejor vista por una población que, aunque no sea parte del conflicto, a fin de cuentas es la que decide si el partido en cuestión merece gobernar la República Dominicana.

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