ARS opuestas a inclusión de familiares no directos al seguro

La Asociación Dominicana de Administradora de Riesgos de Salud (ADARS) aseguró ayer que la resolución que permite a los titulares del régimen contributivo del Seguro Familiar de salud (SFS) afiliar a familiares no directos, pone en riesgo el futuro&#8

La Asociación Dominicana de Administradora de Riesgos de Salud (ADARS) aseguró ayer que la resolución que permite a los titulares del régimen contributivo del Seguro Familiar de salud (SFS) afiliar a familiares no directos, pone en riesgo el futuro del sistema y sus actuales afiliados.El presidente de la entidad que agrupa a siete ARS, José Manuel Vargas, deploró que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), emita y publique normativas que a su entender, atentan contra el sostenimiento del sistema dominicano de seguridad social y de las instituciones que la conforman.

Dijo que medidas como éstas deberían ser sustentadas por los estudios técnicos y de suficiencia necesarios, que puedan garantizar el otorgamiento de dichos beneficios a futuro, debiendo ser presentados previamente al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), para de esta manera cumplir las vías legales correspondientes.

“Con esta medida la Superintendencia atenta contra el Seguro Familiar de Salud (SFS) al afectar el financiamiento del régimen contributivo, poniendo en riesgo su sostenibilidad en el tiempo y lesionando los derechos adquiridos de los afiliados actuales, ya que carece de un cálculo de impacto del mismo, por la antiselección en la afiliación, permitiendo que accedan primeramente personas con patologías severas y de alto costo”, enfatizó Vargas mediante nota de prensa.

Reiteró que las ARS miembros de ADARS, están en la mayor disposición de continuar colaborando con el Seguro Familiar de Salud, pero sin afectar los actuales afiliados del Régimen contributivo, razón por la cual instó a la Sisalril a canalizar y sustentar sus propuestas a través de los mecanismos legales.

La normativa 00206-2016, incluye a parientes como padrastros, abuelos, hijos mayores de edad, hermanos, tíos y sobrinos, siempre y cuando se cubran sus costos y no estén inscritos en la Tesorería de la Seguridad Social. 

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