El cabildo

Lo que hoy conocemos como municipio, ayuntamiento o cabildo es una herencia de la colonización de América por los conquistadores españoles…

Lo que hoy conocemos como municipio, ayuntamiento o cabildo es una herencia de la colonización de América por los conquistadores españoles y la isla de Santo Domingo fue la primera del continente donde se fundó una administración local.

El origen del municipio en América data de la época de la colonia, específicamente el 24 de abril de 1494, dos años después de la llegada de los españoles a la isla La Hispaniola. El primer municipio fue La Isabela y su ayuntamiento tenía como presidente a Diego Colón, Pedro Fernández como oficial mayor y como regidores al padre Boil, Alonso Sánchez Carvajal y Juan de Luján.

Le siguieron para el año 1501 las ciudades de Concepción de La Vega y Santiago, villas que tuvieron sus autoridades locales por mandato o designación de sus propios vecinos, en una acción que se denominaba cabildo abierto.
En la declaración de Independencia del 1844, en el decreto 14, del 24 de julio, inicia la división política territorial del país, con la creación de las  provincias Compostela de Azua, Santo Domingo, Santa Cruz del Seibo, Concepción de La Vega y Santiago de los Caballeros, subdivididas por unidades llamadas “común”, que era el nombre que recibían los municipios en la época. Los datos son parte de un informe del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos del 2004.

El referido decreto disponía que en cada común fuese instalado un ayuntamiento, concebido como el defensor de los derechos de ese territorio y su organización inicial fue tomada de un instructivo económico-político de las provincias españolas y de ultramar,  elaborado por el gobierno haitiano en 1826.
En la actualidad contamos con 155 ayuntamientos, que la ley define como la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado, que le es propio, el municipio. Es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de intereses propios de la colectividad local.

La división político-administrativa  supone que desde los municipios se planifique y ejecuten  los planes de desarrollo,  impulsados desde los ayuntamientos.

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