El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló el proceso que la Comisión de Control del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) abrió a Hipólito Mejía y compartes, sobre la base del artículo 69 de la Constitución de la República, que reconoce los derechos e intereses legítimos a la tutela judicial, de cumplimiento del debido proceso.
No hay que ser abogado para entender que la resolución estuvo orientada en la búsqueda del equilibrio. Los jueces actuaron como si se juzgaran ellos mismos, empeñados en construirse una imagen positiva.
La Comisión de Control presentó cargos y realizó citaciones. Recibió como respuesta la rebeldía. Sería interesante que el TSE explicara cuáles acápites del artículo 69 de la Constitución de la República fueron violados contra los imputados.