Constitucional se reserva fallo sobre cobros

La Cámara de Diputados y la Procuraduría están de acuerdo con la acción de inconstitucionalidad contra el cobro para registrar y retirar la primera copia de una sentencia en materia civil.

La Cámara de Diputados y la Procuraduría están de acuerdo con la acción de inconstitucionalidad contra el cobro para registrar y retirar la primera copia de una sentencia en materia civil.Las opiniones fueron vertidas ayer en el Tribunal Constitucional, donde se conoció y se reservó el fallo de un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 13 y 41 de la Ley 2334-1885, sobre Registro de Actos Civiles, Judiciales y Extrajudiciales, incoado por el abogado Ángel Lockward Mella.

Según el accionante, al establecerse un cobro porcentual para poder registrar y retirar la primera copia de la sentencia en materia civil, se viola el derecho a la igualdad, legítima defensa y el principio de gratuidad en la Justicia.

Pidió que se declaren no conformes con la Constitución los precedentes artículos y que se exhorte al Congreso Nacional a aprobar una nueva ley de registro de actos civiles conforme a la Constitución.

La Cámara de Diputados, una de las instancias de donde emanó la norma, solicitó a través de su representante, Jerry de Jesús, “declarar no conforme con la Constitución el artículo 41 de la Ley 2334 por violación de los artículos 39.3 y 69.1 y 149 de la Carta Sustantiva”.

La Procuraduría

De su lado, el representante del procurador, José Ricardo Taveras, pidió “que se acoja la presente acción de inconstitucionalidad  y, en consecuencia, dictar una sentencia interpretativa a través de la cual el Tribunal Constitucional exhorte al Poder Legislativo para que proceda a revisar, dentro de un plazo que tenga a bien fijar este alto tribunal, lo concerniente a los impuestos y tasas judiciales proporcionales que deben ser pagados por las partes para el registro de actos judiciales, a los fines de viabilizar el acceso a la justicia”.  El Colegio Dominicano de Abogados   fungió como interviniente voluntario en el presente caso, apoyando la acción.

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