Corte ordena archivo definitivo querella contra rector de la UASD

La Universidad Autónoma de Santo Domingo –UASD-informó que este martes que la Procuraduría de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordenó el archivo definitivo de la querella interpuesta contra el rector de la institución maestro Mateo&#823

La Universidad Autónoma de Santo Domingo –UASD-informó que este martes que la Procuraduría de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordenó el archivo definitivo de la querella interpuesta contra el rector de la institución maestro Mateo Aquino Febrillet.

De acuerdo con una nota de prensa, el tribunal tomó la decisión por alegadamente carecer de base legal la cual fue depositada por un grupo de estudiantes sancionados por el Consejo Universitario, por cometer actos vandálicos en el campus  de la academia.

De acuerdo al auto 20-2012, de fecha cuatro de marzo del presente año, el citado tribunal expresó que los argumentos esgrimidos por Roberto Sánchez y compartes en su querella contra el máximo funcionario de la casa de estudios superiores, de ninguna manera se corresponden con los delitos de prevaricación y de corrupción administrativa.

Señala que los hechos endilgados por los querellantes  en ninguna forma son violatorios de los artículos 140 de la Constitución, ni del 166, 167 y 174 del Código Penal Dominicano.

“Disponer, como al efecto disponemos, el archivo definitivo  de la querella interpuesta por Roberto Sánchez y compartes, en contra del rector de la UASD, maestro Mateo Aquino Febrillet, por supuesta violación de los artículos 166,167 y 174 del Código Penal Dominicano y el artículo 140 de la Constitución, por ser manifiesto  que los hechos no constituyen una infracción penal”, dice la sentencia.

La querella interpuesta por Roberto Sánchez y compartes contra  el rector tenía su fundamento en el hecho de que la máxima autoridad de la academia estatal se habría aumentado en forma exorbitante el salario, lo que fue denegado por la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

“Somos de opinión que dicho funcionario no incurrió en la violación de los hechos endilgados, toda vez que como se ha expresado, el referido aumento salarial fue autorizado por el Consejo Universitario, mediante la resolución 2011-287, de fecha 7 de diciembre de 2011”, dice uno de los dispositivos del dictamen.

 

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