Fiscalía logra condena 15 años prisión contra acusado homicidio

La Procuraduría Fiscal de Santiago, logró que los Jueces del segundo tribunal colegiado declararan culpable a Juan Ricardo Moya Nuñez del homicidio de Rafael Antonio Mercado López alias Danny, e impusieran en su contra una condena de quince (15)&#8230

La Procuraduría Fiscal de Santiago, logró que los Jueces del segundo tribunal colegiado declararan culpable a Juan Ricardo Moya Nuñez del homicidio de Rafael Antonio Mercado López alias Danny, e impusieran en su contra una condena de quince (15) años de prisión y el pago de las costas del proceso.

Los Jueces del segundo tribunal colegiado, acogieron las pruebas que sustentaron la teoría acusatoria en contra de Juan Ricardo Moya Nuñez, y que a la vez demostraron la responsabilidad penal del proceso en el homicidio de Rafael Antonio mercado López, el pasado 09 de diciembre del 2012.

Se trata de un hecho ocurrido el pasado nueve (9) de diciembre del 2012, siendo aproximadamente las 02:00 am, luego de que la víctima cerrara el colmado de su propiedad, ubicado en el sector La Otra Banda, de esta ciudad de Santiago.

Mientras se trasladaba en su motor, con rumbo hacia su casa, tuvo que detenerse por falta de combustible.

Situación ésta que, dio lugar a que la víctima interviniera como mediador en un choque vehicular que originó una discusión entre un morador de la comunidad y el procesado.

Sin embargo, Rafael Antonio Mercado López alias Danny, resulta herido por el procesado, con el casco de una botella rota. Al efecto, el agresor emprende la huida.

La Procuraduría Fiscal de Santiago, es apoderada del hecho ocurrido a través de la denuncia interpuesta ante el departamento correspondiente, dando lugar a la realización de una serie de diligencias de investigación que concluyen con el sometimiento y acusación de Juan Ricardo Moya Nuñez.

En efecto, la Procuraduría Fiscal de Santiago procede a acusar formalmente a Juan Ricardo Moya Nuñez como autor del delito de homicidio voluntario, descrito como tipo en los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano.

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