Las sentencias dan millones a las alcaldías

Algunas alcaldías recaudan sumas millonarias por concepto de registro de sentencias y otros actos judiciales.

Algunas alcaldías recaudan sumas millonarias por concepto de registro de sentencias y otros actos judiciales. El año pasado el cabildo de Santo Domingo Este (SDE) recaudó bajo este concepto RD$15 millones 611 mil 283, y para abril del presente año 2013,  tenía RD$5 millones 762 mil 246.

En 2012 los valores por ventas condicionales ascendieron a RD$15 millones 874 mil 006, y hasta abril de este año RD$8 millones 222 mil 209, en consecuencia, los ingresos a través de la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de esta alcaldía ascendieron a RD$31 millones 485 mil 289, en 2012, y hasta abril de este año en RD$13 millones 987 mil 455.

Los cobros porcentuales y fijos para registrar las sentencias civiles están establecidos en Ley 2334 sobre Registro de los Actos Judiciales y Extrajudiciales, en sus artículos 13 y 41.

Defiende cobros

Esteban Cubilete, encargado del departamento en el cabildo de Santo Domingo Este, dijo que eliminar ese pago, o declararlo inconstitucional haría un hoyo económicos a las alcaldías.

En tanto que el alcalde de SDE, Juan de los Santos, dijo que los recursos recaudados por este concepto son parte de los ingresos propios de la institución que están en el presupuesto para desarrollar programas y, sobre todo, las actividades que se realizarán durante el año.

En el Distrito Nacional

Para el año 2011 la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Distrito Nacional obtuvo ingresos aproximados de RD$26 millones 784 mil 913 con 45 centavos, solo por concepto de registro de sentencias, según datos suministrados por este departamento.

Esa tasa se cobra por el derecho de registro con la finalidad de darle una fecha cierta al documento.

Se duplican recaudaciones

El director del Departamento de Conservaduría de Hipotecas de Santiago reveló que desde agosto del 2010 las recaudaciones han aumentado en, aproximadamente, un 50 por ciento.

Domingo Guzmán indicó que esto se ha logrado sin aumentar el costo del servicio, sino con la dinamización y agilización del mismo, que ofrecen a la población, lo que les ha permitido recaudar más dinero.

De acuerdo con el funcionario municipal, en la pasada gestión se recaudaban unos dos millones de pesos mensuales y en la actualidad superan los cuatro millones de pesos al mes.

La entidad funciona como registro para actos judiciales, civiles, extrajudiciales, transcripción de ventas de inmueble, transcripción de embargo y transcripción de hipoteca, entre otros.

Estos recursos, según aclaró Guzmán, no pasan al departamento de hipoteca sino que el usuario tiene que ir al departamento de tesorería y pagar su autorización.

El dinero recaudado en el departamento de Conservaduría de Hipotecas es destinado a obras municipales que se ejecutan en diferentes sectores.

Este departamento también es un recaudador de fondos del ayuntamiento de Santiago a través de los registros que por la Ley 173-07, de eficiencia recaudatoria, establece un impuesto de un dos por ciento ad-valorem a las transferencia de vehículos de motor.

Hay que revisar los cobros

Varios abogados consultados por elCaribe y litigantes en materia civil coincidieron en que el registro es importante, pero los cobros deben revisarse. Pachristy Ramírez sostuvo que el registro es algo primordial pero el monto que se le cobra a la parte es lesivo.

“La carga que representa es muy gravosa para la personas que está reclamando. En los casos donde se practican embargos por alquileres en grandes sumas de dinero, no se resuelven en base a la sentencia por lo lesivo que es  obtener la primera copia de la misma”, indica. “Hay una iniquidad en lo que tiene que ver con ese cobro“, dice Plinio Pina, quien también ejerce en materia civil. De su lado, la abogada Ana Matos indica que el recurso incoado contra la ley se declarará admisible porque no puede haber nada en contra de la Constitución. 

“Sabemos que la justicia no es gratuita pero sí sabemos que esto viola el derecho de defensa de las personas que no pueden acceder a la justicia en virtud de esos pagos“, adujo Matos. El Tribunal Constitucional aún no ha fijado fecha para conocer del recurso de inconstitucionalidad en contra de la ley que data de 1885.

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