En octubre darán fallo sobre apelación del caso Félix Bautista

El 21 de octubre la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia dirá si mantiene o no el auto de “No ha lugar” que favoreció al senador Félix Bautista y otros seis acusados de enriquecimiento ilícito y lavado de activo.

El 21 de octubre la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia dirá si mantiene o no el auto de “No ha lugar” que favoreció al senador Félix Bautista y otros seis acusados de enriquecimiento ilícito y lavado de activo.La lectura de la decisión será dada a las 12:00 del día, según dispuso el tribunal.

Mientras el Ministerio Público solicita que se revoque la decisión, la defensa del legislador pide que sea anulada y que el tribunal dicte su propia sentencia o en su defecto ratifique el auto.

Los abogados pidieron que se anule el proceso que conoció el juez de la Instrucción Especial Alejandro Moscoso Segarra en el entendido de que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 214-15, estableció que las citaciones son un tipo de medida cautelar, algo que el juez había rechazado.

De igual modo pidieron la extinción del caso porque alegadamente se ha excedido el tiempo de duración máxima para la acción penal.

En cuanto al recurso de apleación presentado por el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, solicitaron que sea rechazado. Habían pedido además que el fallo se produjera anoche mismo, algo que fue negado.

El Ministerio Público pidió, como lo hizo en la anulada audiencia que conocieron solo cuatro jueces de ese tribunal, que se ordene auto de apertura a juicio a Bautista Rosario, así como a José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Osoria Martínez, Grisel Araceli Soler Pimentel, Soraida Abreu Martínez y Bienvenido Apolinar Bretón Medina.

Solicitó que le sea impuesta prisión preventiva como medida de coerción y que también sean embargados sus activos bancarios y se coloque oposición a traspaso a los bienes inmuebles de los procesados.

Los procuradores reiteraron los supuestos vicios que contiene la decisión de Moscoso Segarra. Aseguran que no existe el delito continuado por lo cual no es posible haber una doble persecución en contra de los acusados.

De igual modo señalaron que en la acusación se recogen 20 nuevas contrataciones que no fueron tomadas en cuenta por el juez y que éste tampoco reconoció las limitaciones establecidas en la ley de lavado de activos respecto al secreto bancario, ya que en ella se reconoce al MP como una entidad competente para solicitar información a la Superintendencia de Bancos sin autorización judicial cuando estén realizando una investigación. Dijeron además que el auto carece de motivación.

Defensa de Bautista reitera argumentos 

La defensa de los imputados reiteró al tribunal que el “No ha lugar” se debe mantener porque fue emitido en base al derecho y  porque las actuaciones del órgano acusador no fueron legítimas y son una doble persecución. Indicaron que si bien es cierto que el MP forma parte del sistema de justicia, éste tiene funciones distintas a las de los jueces. Uno persigue y el otro juzga señalaron previo a valorar la resolución 544-2015 del juez.  

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