El 23 de septiembre del 2013 marcó un hito en la historia de las relaciones dominico-haitianas. Ese día fue cuando el Tribunal Constitucional (TC) parió el fallo más significativo desde su creación en el 2010: la sentencia 168-13.El fallo, que mañana cumple dos años de su emisión, despejó los criterios para obtener la nacionalidad dominicana por el derecho de suelo y con él arrastró una serie de consecuencias que aún no tocan fondo.
Así, por primera vez, el Estado arrancó un plan para legalizar el estatus migratorio de miles de indocumentados, que le ha costado más de RD$2,000 millones. También se edificó la Ley de Naturalización 169-14 que pretendía remediar el daño para el grupo más afectado, que son los hijos de los indocumentados nacidos en territorio dominicano. La migración, entonces, se convirtió de la noche a la mañana en un delicado, debatible y noticioso tema y dividió los criterios entre quienes aprobaban o no la decisión irrevocable del Tribunal Constitucional.
La sentencia establecía que a los descendientes de personas que residían ilegalmente en el país, desde el 1929, no les correspondía la nacionalidad dominicana. Esta fue la llaga para el Gobierno dominicano que hasta hace apenas dos meses ha debido defenderse en la palestra internacional ante insistentes ataques de que el país, a raíz del fallo, se ha convertido en una fuente masiva de apatridia y deportaciones.
En estos dos años, el Gobierno se ha encaminado a cumplir con una serie de medidas para resarcir estas posibilidades: La Ley 169-14 y el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros. Hoy todavía se discute el alcance de esta sentencia, cuando esos dos megaproyectos del Gobierno están en este momento en su etapa final y aún el presidente del TC, Milton Ray Guevara, es centro de ataques.
La Ley 169-14 de Naturalización creó un régimen especial para los hijos de extranjeros no residentes nacidos en el país e inscritos en el Registro Civil -grupo A- que obliga a las autoridades a reconocerles como dominicanos y otorgarles o devolverles su documento de identidad. En el caso de los descendientes que no fueron inscritos en el Registro Civil –grupo B-, éstos debían legalizar su estatus migratorio a través del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, con la posibilidad de naturalizarse dos años después.
Fue en junio pasado cuando la Junta Central Electoral (JCE) difundió a través de periódicos de circulación nacional la lista de 50 mil hijos de extranjeros que ya podrían retirar el acta que los acredita como dominicanos -grupo A-. Con el fin de identificarlos, la Junta realizó una auditoría a los 116 mil 506 libros del Registro Civil desde el año 1929 al 2007.
Para la coordinadora nacional del movimiento Reconocido, Rosa Iris Diendomi, en la práctica estos documentos no son entregados. “A la fecha, el cumplimiento de esa ley se ha visto muy limitado por parte de la Junta que debió entregar los documentos. La ley establece que sin ningún trámite administrativo las personas debían haber recibido esos papeles y lamentablemente no ha sido así”, se queja.
Diendomi insiste en que esta sentencia violó de la Constitución el principio de irretroactividad de la Ley –artículo 110- y el reconocimiento como dominicano de quienes gocen de la nacionalidad hasta la entrada en vigencia de la Carta Magna 2010 –artículo 18, numeral 2-.
El fallo se anota dos hechos históricos: unas 230 mil personas legalizarán su estatus migratorio en el país gracias al Plan de Regularización, en el cual se inscribieron más de 288 mil indocumentados. Además, desde junio pasado, más de 65 mil haitianos que residían de manera irregular en República Dominicana han regresado a su país por voluntad propia.
