Urge modificar la Ley 112-00 de hidrocarburos

La Ley 112-00, promulgada el 29 de noviembre del año 2000 para establecer impuestos fijos a diferentes derivados del petróleo, buscaba, conforme a uno de sus considerandos, eliminar la discrecionalidad oficial en el manejo de los precios de venta…

La Ley 112-00, promulgada el 29 de noviembre del año 2000 para establecer impuestos fijos a diferentes derivados del petróleo, buscaba, conforme a uno de sus considerandos, eliminar la discrecionalidad oficial en el manejo de los precios de venta de los hidrocarburos, pero lejos de eliminar el grave problema de la discrecionalidad, lo que se ha hecho es fortalecer esa odiosa irracionalidad, en franco perjuicio de la sociedad.

La Ley 112-00 establece un impuesto fijo (por galón) de 18 pesos para la gasolina premium, 15 pesos para la gasolina regular, 6.30 pesos para el gasoil premium; y 5 pesos para el gasoil regular, para el kerosene y para el Fuel Oil No.4; quedando exentos de impuestos el gas licuado de petróleo (GLP) y el gas natural.

El Reglamento de Aplicación de la Ley de Hidrocarburos consigna en el Capítulo 6 la fórmula para establecer el precio de paridad de importación (PPI) de los combustibles, y esa formula mágica es la siguiente:

PPI = FOB + FT + SM + CB+ OC+ CMT+GAL
Donde PPI es el precio de paridad de importación del combustible, FOB es el costo del combustible puesto en el barco y convertido a pesos dominicanos en base a la tasa de cambio oficial fijada por el Banco Central, FT es el costo del flete marítimo, SM es el costo del seguro marítimo, CB son los costos bancarios inherentes a la operación de compra del combustible (cartas de crédito, transferencias bancarias, etc), OC son otros costos vinculados a la operación, CMT son los costos por manejo de la terminal de combustibles, y GAL son los gastos de administración de la Ley 112-00 en que incurre el Ministerio de Industria y Comercio.

Está claro que esos componentes de la fórmula del precio de paridad de importación (PPI) tienen que ser transparentados, porque allí hay variables que permiten la discrecionalidad y abren las puertas para la inflación del precio de paridad de importación: vía un valor FOB que puede ser reportado inflado porque nunca se le presenta a la nación ninguna documentación de compra, alteración vía “otros costos (OC)” desconocidos, aumentos vía un costo de manejo de terminal (CMT) superior al real, y peor aún, vía gastos de administración de la Ley 112-00 (GAL) donde el Ministerio de Industria y Comercio puede poner el gasto que le dé la voluntad.

Fruto de esta realidad, cada semana el Ministerio de Industria y Comercio fija arbitrariamente los precios de los combustibles en función de las necesidades de recaudación de fondos del Gobierno, y no en base a la correcta aplicación de la Ley 112-00 y su Reglamento, y muestra de ello es que cuando en junio del pasado año 2014 el precio del barril de petróleo de referencia en Texas estaba en 107 dólares, el precio del galón de gasolina premium en República Dominicana  estaba en 268 pesos, y ahora, con el precio del barril de petróleo en 44 dólares, el precio del galón de gasolina premium está en 213 pesos, es decir, mientras el petróleo ha bajado un 60%, aquí la gasolina ha bajado apenas un 20%, ya que el Gobierno sabe que el combustible es un bien inelástico, el cual usted no puede sustituirlo por otro menos caro, salvo que usted cambie el motor de su vehículo.

En mayo de 2011 la Cámara de Diputados convocó a Vistas Públicas para modificar la Ley 112-00 sobre hidrocarburos, a fin de poner un tope a los altísimos ingresos percibidos por el Gobierno por esta vía, pero en ese entonces, el Ministerio de Industria y Comercio se opuso ferozmente al proyecto, argumentando allí que “Sería anti práctico establecer un tope de un 16% advalorem a los impuestos de los combustibles, porque el Gobierno dejaría de percibir seis mil millones de pesos al año”. Por ello el proyecto fue desechado y olvidado.

Hoy es urgente convocar al pueblo dominicano para que asumamos la propuesta de modificación de la Ley 112-00 sobre hidrocarburos, a fin de que el precio fijado cada semana sea el precio que realmente corresponde en función del precio de compra del petróleo en el mercado Spot de la Región, pues el pueblo dominicano no quiere seguir siendo maltratado con un precio de paridad de importación que nunca ha sido transparentado. l

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