Pina Acevedo califica de «valiente, acertada y honesta» decisión de Moscoso Segarra

La decisión emitida por el juez Alejandro Moscoso Segarra está ajustada a sólidos principios constitucionales y en obediencia a reglas imperativas al derecho procesal, consideró este jueves el jurista Ramón  Pina Acevedo sobre el fallo de «no ha&#82

La decisión emitida por el juez Alejandro Moscoso Segarra está ajustada a sólidos principios constitucionales y en obediencia a reglas imperativas al derecho procesal, consideró este jueves el jurista Ramón  Pina Acevedo sobre el fallo de «no ha lugar” emitido en el caso del senador  Félix Bautista.

Pina Acevedo calificó como valiente, honesta y acertada la decisión de Moscoso Segarra.

“Es muy valiente, honesta y acertada la decisión del magistrado Alejandro Moscoso Segarra. En su decisión, luce un conocimiento profundo no solo de nuestro Derecho Procesal, sino de todo el armazón constitucional que protege al ciudadano contra las injusticias”, sostuvo el jurista, de acuerdo con una nota de prensa.

Destacó que es difícil, por no decir imposible, dudar de la rectitud y honorabilidad del juez Moscoso Segarra, quien ejerció primero como ayudante del fiscal del Distrito Nacional, después como procurador fiscal, donde desarrolló una inolvidable y correcta labor que no ha podido ser superada, todo sin contar su intervención en otros cargos de la administración pública cercanos a la Justicia, donde siempre ha salido sin mancha.

“Su decisión, que la mayoría comenta sin haberla leído, revela un conocimiento cabal de la materia y un valor a toda prueba para respetar y consignar su criterio y convicción”, manifestó Pina Acevedo.

Aseguró que el magistrado Moscoso Segarra cumplió con el mandato de la ley, de la Biblia y de su conciencia, haciendo valer su convicción aún a riesgo de que los más mezquinos intereses urdan en las sombras toda clase de dicterios para desconocer la honradez de un ejemplar magistrado.

Destacó que “ese rosario de acusaciones fue sometido a la consideración del Ministerio Público, que consciente del valor de las pruebas, decidió en buena justicia, en el momento, ordenar el archivo del expediente formado que, lógicamente, no podría ser vuelto a la vida con las mismas pruebas”.

 “Si se observa que a la sombra del principio constitucional, surge la aclaración del Código Procesal Penal en su artículo 9, cuando manda una `única persecución´, o sea, nadie puede ser perseguido, juzgado ni condenado dos veces por un mismo hecho”, precisó finalmente Pina Acevedo.  

 

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