Procuraduría dice no ha pedido exclusión de Embraer en el caso de los aviones Tucano

La Procuraduría General de la República (PGR) aclaró este martes que no ha solicitado la exclusión de ninguna de las partes del expediente presentado contra la Empresa Brasileña de Aeronáutica S.A (EMBRAER), por los US$3.5 millones en sobornos que esa compañía admitió haber pagado en el país para obtener los contratos de venta de 8 aviones Super Tucano.

Aviones Tucano. Empresa EMBRAER acepta juicio penal abreviado
Aviones Tucano. Empresa EMBRAER acepta juicio penal abreviado

La Procuraduría General de la República (PGR) aclaró este martes que no ha solicitado la exclusión de ninguna de las partes del expediente presentado contra la Empresa Brasileña de Aeronáutica S.A (Embraer), por los US$3.5 millones en sobornos que esa compañía admitió haber pagado en el país para obtener los contratos de venta de 8 aviones Super Tucano.

La institución informó que la compañía Embraer y todos los encartados en el expediente fueron convocados para el conocimiento de la audiencia preliminar, que se llevará a cabo en el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, el próximo viernes, 18 de mayo, a partir de las 9:00 de la mañana.

A través de una nota de prensa,  la Procuraduría indicó que no son ciertas las informaciones que dan cuenta de que el Ministerio Público desistió de la acusación contra encartados en dicho expediente.

Explicó la institución, que mantiene la acusación contra Embraer y dijo que en la audiencia estará representada por sus abogados en la República Dominicana y que posteriormente en una fase más avanzada del proceso, la representarán sus actuales ejecutivos de Brasil, a los fines de que no hayan reenvíos ni se dilate el proceso por los trámites de su traslado al país.

Detalló que los actuales ejecutivos de Embraer participarán en el proceso en condición de representantes de la empresa, en virtud de que al momento de producirse los hechos objeto de investigación en el año 2009, no laboraban para dicha empresa, por lo tanto no existe contra éstos ningún tipo de imputación penal, sino, que representarán a la compañía por la demanda existente en su contra.

Indicó que el juzgado habilitó los plazos para Embraer, para que pase por la secretaría del tribunal y tome conocimiento de la acusación y todos los elementos de prueba que la sustentan.

Con relación a los antiguos ejecutivos que estaban al frente de EMBRAER cuando se habría producido la actividad ilícita y que se presume que participaron en el pago de los sobornos, indicó que fueron sometidos a la justicia por las autoridades brasileñas.

Detalló en ese orden, que por la aplicación del principio jurídico non bis in ídem y del Código Procesal Penal Dominicano, que establecen que nadie puede ser perseguido ni juzgado dos veces por el mismo delito, los mismos no pueden ser sometidos en la República Dominicana, ya que están detenidos y son procesados en la citada nación suramericana.

En el expediente de este caso figuran como imputados el coronel de la Fuerza Aérea Dominicana (FAD), Carlos Piccini, quien cumple prisión preventiva; el exsecretario de las Fuerzas Armadas, Pedro Rafael Peña Antonio, y los empresarios Daniel Aquino Hernández y Daniel Aquino Méndez, éstos tres últimos con diferentes medidas de coerción.

En el  expediente también están encartados Israel Abreu y Félix del Orbe, así como las empresas Embraer, 4D Business Group y Magicorp.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) solicitará al tribunal que acoja la acusación presentada en su contra, la cual dijo está sustentada con pruebas obtenidas en el país y como parte de la colaboración internacional ofrecida por los Estados Unidos, Panamá y Urugüay.

El Ministerio Público señaló que cuenta con elementos probatorios testimoniales y documentales suficientes para su envío a juicio de fondo, los cuales dijo  los vinculan con la violación de varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley No. 448-06 sobre Sobornos, la antigua Ley 72-02 sobre Lavado de Activos y la Ley No. 82-79 sobre Declaración Jurada de Bienes.

 

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