El presidente de la República,Danilo Medina, modificó este lunes decreto 135-20 para que durante el horario del toque de queda se permita la circulación de personas y vehículos vinculados a la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, puertos, aeropuertos y otros.

Asimismo, suspendió por decreto, mientras dure la vigencia del estado de emergencia, el cómputo de los plazos y términos de los procedimientos administrativos instrumentados ante los órganos que integran la Administración Pública central y desconcentrada, así como ante los organismos autónomos y descentralizados del Estado instituidos por leyes y adscritos a los ministerios.

La información fue ofrecida por el portavoz de la presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su Twitter.

Posted in Destacado, País, PanoramaEtiquetas

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas