Jurado de la Bienal rechaza decisión de Cultura

El jurado de la Bienal de Artes Visuales 2025 afirmó que la interpretación del Ministerio de Cultura «vulnera su independencia técnica».

"La palma de la bienal" sigue generando controversia
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Los integrantes del Jurado de Premiación de la XXXI Bienal Nacional de Artes Visuales expresaron su «profundo pesar» por la decisión del Ministerio de Cultura de anular el premio otorgado al artista Jorge David Pérez Valerio (Karmadavis), y advirtieron que la interpretación adoptada por las autoridades deja sin efecto la totalidad del laudo emitido el 22 de agosto de 2025.

En una carta dirigida al ministro Roberto Ángel Salcedo, los jurados calificaron la medida como «una violación a los principios de transparencia, independencia técnica y debido proceso», subrayando que la definición de «material perecedero» utilizada por el Ministerio carece de validez técnica y contradice los estándares internacionales del ICOM (International Council of Museums).

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Debate técnico y autonomía del jurado

Según el comunicado, el Ministerio aplicó la definición lingüística del término (poco durable, que ha de perecer o acabarse), ignorando las acepciones establecidas en los campos museográfico, legal y económico, lo que a juicio de los jurados extiende arbitrariamente el concepto hasta abarcar materiales orgánicos estables como madera, papel o pigmentos naturales.

Los integrantes también denunciaron que no se les notificó del proceso de impugnación ni del recurso jerárquico interpuesto por el CODAP, lo que calificaron como una «grave falta de transparencia institucional».

«Celebramos los debates y las opiniones diversas sobre el arte, pero esa diversidad no puede usarse como justificación para vulnerar la institucionalidad ni socavar la independencia técnica de los cuerpos colegiados», expresa el documento.

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«Precedente institucional«

El jurado sostiene que su posición «no busca confrontación, sino preservar la legitimidad de los procesos institucionales» y recalca que la independencia técnica no es un privilegio, sino una garantía del ejercicio libre y crítico del arte.

Finalmente, advierten que la resolución ministerial debilita la confianza pública en las instituciones culturales y pone en riesgo la integridad histórica de la Bienal, al permitir que decisiones políticas prevalezcan sobre criterios técnicos especializados.

Cronología del caso

FechaHechoRelevancia
11 de marzo de 2025Se aprueban las bases de la Bienal mediante la Resolución 07‑2025.Punto de partida normativo. Las bases son el marco jurídico que luego se invoca para impugnar decisiones.
30 de agosto de 2025Inauguración de la Bienal en el Museo de Arte Moderno (MAM), Santo Domingo. La obra del artista Jorge David Pérez Valerio “Karmadavis”, titulada “Lo que no se saca de raíz, vuelve a crecer”, resulta premiada.Acto que desencadena la controversia — la obra premiada se convierte en foco de impugnación.
4 de septiembre de 2025El Colegio Dominicano de Artistas Plásticos (CODAP) solicita formalmente la anulación del premio, argumentando que la obra viola las bases (material biodegradable, categoría escultura, etc.) Se inicia la vía formal de impugnación. Para tu artículo: destacar que un gremio de artistas denuncia falta de aplicación igualitaria de las normas.
9 de septiembre de 2025El jurado de la Bienal responde públicamente, justificando que la obra cumple con los reglamentos y que el material es estable (no “perecedero” en sentido museográfico). Momento de contraste de versiones — la institución defiende el proceso frente al reclamo colectivo.
25 de septiembre de 2025CODAP anuncia que solicitará una “evaluación ética” del proceso ante la obra premiada, advirtiendo que podrían retirarse obras si no se atienden sus inquietudes. Se escala el conflicto hacia cuestionamientos más estructurales (transparencia, credibilidad del certamen).
22 de octubre de 2025El Ministerio de Cultura emite la Resolución 18‑2025, mediante la cual acoge el recurso jerárquico presentado por CODAP, anula el premio otorgado a la obra de Karmadavis y revoca parcialmente el laudo del jurado. Punto culminante del conflicto. El Estado interviene para corregir (o al menos revisar) la decisión del certamen.
27 de octubre de 2025El Ministerio notifica a través de carta dirigida a Pedro J. Castellanos Hernández (abogado apoderado del artista) la resolución definitiva.Formalización del acto administrativo que pone fin (por esta vía) al premio y abre la vía judicial (30 días para recurso).
28 de octubre de 2025El Colegio Dominicano de Artistas Plásticos saluda la decisión de Cultura. El jurado comunica su rechazo y sentencia que resolución del ministerio «anula todo su laudo».El jurado acusa al Ministerio de interpretar erróneamente el concepto de «material perecedero».
Señalan violación de independencia técnica y falta de transparencia.
Posterior (30 días después de la notificación)Vencimiento del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo.Fase de posibles efectos jurídicos y precedentes institucionales.

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