En principio hay tres realidades por las que se deben respaldar las resoluciones que sobre el trabajo doméstico emitieron el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), el Comité Nacional de Salarios (CNS) y el Ministerio de Trabajo.

Una de ellas aborda la formalización del servicio doméstico, punto que resulta difícil que aparezca quien lo impugne porque lo contrario sería dejar a su suerte a un sector en que se desenvuelve aproximadamente un cuarto de millón de almas y que es de profunda incidencia en la vida familiar.

Asimismo, de por medio hay indiscutibles situaciones de derechos y de justicia por lo que el Gobierno, con su arriesgada iniciativa, lo que hace es reivindicar y dignificar ese tipo de labor.

Por tanto, la formalización del trabajo doméstico es algo trascendente, histórico como gusta decir a las autoridades, porque protege y da seguridad a gente que, pese a su inocultable presencia y a su importancia, había permanecido olvidada.

Este apoyo, empero, no minimiza ni soslaya críticas muy puntuales que se han hecho a las referidas resoluciones, entre ellas que debió hacerse mediante una ley.

En efecto, el Convenio 189 de la OIT que ha sido invocado, exhorta a los Estados firmantes a que dispongan “en su legislación nacional medidas” que protejan al trabajador doméstico.

Por tanto, lo que se impone y se debió hacer, es avanzar hacia la modificación de la Ley 16-92 (Código Laboral) que ya cumplió 30 años y que por su desfase no incorpora al trabajo doméstico, razón por la se ha apelado a una resolución.

Igual ocurrió antes con el teletrabajo, que se hizo por resolución cuando es tema, lo mismo que todo lo atinente a la era digital, reservado para la modificación del Código Laboral, en lo que se hace obligatorio avanzar para no ir de parche en parche.

Nuestro llamado es que se acoja el espíritu justiciero y reivindicador de derechos de las resoluciones emitidas, pero que por tratarse de un plan piloto se preste atención a los reparos sobre su aplicación práctica, que han generado interrogantes e inquietudes y que entendidos en la materia califican como “puntos clave sin respuestas”.

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