Lo menos que podía hacer el Consejo Superior del Ministerio Público fue suspender a los titulares de la Procuraduría Fiscal de San Pedro de Macorís y de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género de esa jurisdicción para determinar las circunstancias en que Yasmil Oscar Fernández logró su libertad, pese a que estaba detenido por tentativa de homicidio, que finalmente materializó contra su expareja Anibel González.

En la norma penal vigente, la tentativa de asesinato equivale al crimen mismo y la sanción conlleva hasta 30 años de prisión, lo que se agrava con el tipo delictivo, toda vez que la víctima era su pareja.

El agresor fue favorecido mediante un procedimiento penal abreviado, previsto en el artículo 363 del Código Procesal Penal en circunstancias muy especiales: cuando “se trate de un hecho punible que tenga prevista una pena máxima igual o inferior a cinco años de pena privativa de libertad, o una sanción no privativa de libertad; cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye y consiente la aplicación de este procedimiento, acuerda sobre el monto y tipo de pena y sobre los intereses civiles”.

Pero un procedimiento de esa naturaleza nunca se ejecuta si no lo propicia el Ministerio Público, lo que compromete su responsabilidad. Antes de que se produjera la desgracia del pasado viernes se había ordenado una investigación sobre la forma en que se violó la ley para favorecer al homicida.

El 12 de febrero de ese año, el magistrado Fernando Quezada ordenó al fiscal Pedro Núñez “realizar una exhaustiva investigación en relación al proceso penal puesto a cargo del ciudadano Yasmil Oscar Fernández (Ray), imputado por tentativa de homicidio y violencia intrafamiliar agravada, en perjuicio de la señora Anibel González Ureña, dada la forma subrepticia e ilógica como fue instrumentado un “acuerdo parcial” que favorece al imputado…”

Son hechos graves que condujeron a la muerte de una madre y joven profesional en la plenitud de su existencia.

Deploramos esta vergonzosa actuación de los fiscales. Obliga a pensar en casos recientes en que ese tipo de funcionarios se coaligan para cometer ilícitos contra inocentes, traicionando la encomienda de representar los intereses de la sociedad.

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