En plena ocupación norteamericana el 12 de abril del 1923 fue fundada la Junta Central Electoral, Institución garante de la identidad y la democracia de la República Dominicana. La han alojado 11 moradas, su actual residencia, la calle que honra al héroe de la Restauración, Gregorio Luperón, bordeada por la esquina de la gloriosa avenida 27 de Febrero, que mira hacia la heroica Plaza de la Bandera, su jurisdicción se extiende en el territorio nacional y en el extranjero.
La primera JCE fue presidida por Alejandro Wos y Gil, contó con una matrícula de 3 miembros; personalidades del Poder Judicial y la universidad estatal. Han formado parte del corpus iuris del órgano la ley fundacional, que fue la Ley Electoral No.035-1923, modificada ese mismo año por la Ley 137, y posteriormente por las leyes 386-1926, 5884-1962, 275-1997, 15-2019. En la actualidad están vigentes las leyes 20-2023, Orgánica del Régimen Electoral; la 4-23, Orgánica de los Actos del Estado Civil y la 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimiento Políticos.
Para las elecciones de 1924 se estrena, con la celebración del 1er. proceso electoral, la llamada “Junta Central Electoral”, asistida por las Juntas Provinciales, Municipales y Comunales. Esta celebración estuvo dentro de los acuerdos de la desocupación del territorio nacional por la ocupación norteamericana (1916-1924).
Cabe mencionar, que en la Constitución de 1963 a la JCE se le llamó “Tribunal Superior Electoral” y a las Juntas Electorales “Tribunales Electorales”. Desconocida la Carta Magna y la instauración de un gobierno provisional (Triunvirato), mediante resolución, designa la conformación del órgano retomando su nombre original de Junta Central Electoral.
La matrícula de las conformaciones de las autoridades de la JCE ha variado en el tiempo; en el 1923 tres (3) miembros; en el 1990 seis (6); en el período de 1994 al 1998 cinco (5); en tanto que en el año de 1999 la nómina fue aumentada a siete (7). Del 2002 al 2010 contó con nueve (9) miembros, luego en la reforma constitucional de 2010, volvió a ser de cinco (5) miembros, número que se mantiene en la actualidad (data del 2020). Cuenta con Román Andrés Jáquez Liranzo, como presidente, y miembros titulares, Rafael Armando Vallejo Santelises, Dolores Altagracia Fernández Sánchez, Patricia Lorenzo Paniagua y Samir Rafael Chami Isa. La actual composición del pleno de la JCE responde al principio de igualdad, de cinco (5) miembros titulares tres (3) son hombres y dos (2) mujeres, en la matrícula de suplentes (3) son mujeres y dos (2) hombres.
En sus 100 años de vida institucional ha sido presidida por 26 presidentes sin que hasta la fecha una mujer haya sido investida con la más alta autoridad en el órgan. La primera mujer en ocupar un puesto como titular fue Olga Seijas, y con ella se abre el camino para la visibilidad de la presencia femenina: Aura Celeste Fernández, Ana Teresa Pérez, Rafaelina Peralta, Leyda Margarita Piña, Rosario Graciano, Carmen Imbert Brugal, en la actualidad, Dolores Fernández Sánchez y Patricia Lorenzo Paniagua. Hasta la fecha 9 mujeres han ocupado asiento como miembro en la conformación del órgano electoral.
En esta vuelta al sol, cuentan los héroes anónimos (colaboradores) que en estos 100 años han formado parte del cuerpo en las distintas dependencias. Los mediadores que han dejado sus huellas de identidad marcadas en los relatos de la historia de la JCE, monseñor Agripino Núñez Collado y Nicolas de Jesús López Rodríguez.
Las integraciones de los miembros de la JCE desde su fundación han sido licenciados en Derecho, perfil profesional exigido por ley, el cual fue modificado en la conformación actual por disposición de la ley electoral 15-19, derogada, que habilitó a profesionales de otras áreas. Por lo que es la primera vez en 100 años que se incluye en la composición de la JCE, un perfil distinto al referido, resulta ser la ingeniera Patricia Lorenzo Paniagua, la primera mujer que no es abogada en El Pleno.
La ampliación de la JCE le viene dada de la Ley 8-92, que aumentó sus atribuciones colocando la Cédula de Identificación Personal, Cédulas de Identidad y Electoral y el Registro Civil bajo su dependencia. Esto ha fortalecido del sistema de partidos y la institucionalidad, revistiendo de mayor integridad, transparencia y legitimidad los procesos electorales, mismos que ha colocado la República Dominicana entre los países más estables de la región.
En este recorrido, el sistema electoral ha ido procurando un punto de equilibrio a través de reformas constitucionales y modificación a las leyes electorales, pasando por: separación de elecciones presidenciales de congresuales y municipales, la instauración de la doble vuelta en el nivel presidencial cuando ninguna de las candidaturas alcanza más del 50% de votos válidos emitidos, los colegios cerrados (que luego fueron eliminados), ampliación y reducción de los integrantes de la JCE en distintos momentos. En 1942 se conceden derechos políticos a las mujeres. En ese orden, la separación del órgano en dos cámaras (administrativa y contenciosa), el sufragio de los dominicanos en el exterior, la cuota femenina de 25%, 33%, y a un mínimo 40% y máximo de 60% de mujeres y hombres en listas plurinominales a cargos de elección popular, 50-50 con alternancia, en el nivel municipal para candidaturas de alcaldes/alcaldesas, voto preferencial, financiamiento público a partidos, celebración de elecciones en un mismo año, pero en fechas separadas (tercer domingo de febrero municipales y tercer domingo de mayo presidenciales y congresuales).
Un hecho trascendental, es la tipificación de la violencia política y la creación de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Delitos Electorales, entre otras. Son hechos que proporcionan más garantías a nuestro sistema electoral y por ende a la JCE.
El desafío para el Pleno de la JCE y futuras conformaciones de los miembros es instituir la “Carrera Administrativa Electoral”, que permita incluir en la nómina a funcionarios con formación en la materia en los Plenos futuros, para preservar la memoria institucional.