La Junta Central Electoral tendrá que tomar una decisión que luce difícil porque, según afirman los especialistas en derecho electoral, la ley 33/18 deja un vacío sobre el tema.

Se trata de la solicitud que hicieron, por mutuo acuerdo, Alianza País y Opción Democrática (OD), de anular la fusión que la JCE aprobó en el 2019.

Para decidir el tema, la JCE solicitó la consideración de los partidos políticos y 18 han opinado a favor de la solicitud de ambos partidos de anular la fusión. Entre ellos los tres más importantes, PRM, FP y PLD. Según dice la instancia depositada en la JCE, tanto Alianza País como Opción Democrática reconocen que en los hechos la fusión nunca fue una realidad, algo así como un matrimonio no consumado.

Minou Tavares Mirabal, ha tenido que pasar el Niágara en Bicicleta para el reconocimiento de su partido y, como lo demasiado hasta Dios lo ve, la dama ha tenido ganancia de causa en todas las instancias legales.

En 2015, la JCE le negó el reconocimiento y acudió al Tribunal Constitucional por violación a los derechos fundamentales. Ganó y en septiembre de 2018, la JCE no tuvo otro remedio que darle la personería jurídica, por orden del TC.

Pero en agosto de ese mismo año, se había aprobado la ley de Partidos que prohibía a las nuevas formaciones participar en alianza.

La JCE también le rechazó a OD participar en coalición con AlPaís para las primarias de octubre de 2019. Fue obligado por las circunstancias y porque la influencia del poder de turno no le dejó otro camino, que OD acudió a la figura de la fusión. El TC anuló el artículo de la ley 33/18 que prohibía las alianzas a las formaciones nuevas, pero ese fallo llegó después de la fusión no consumada.

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