No todos los servidores públicos que aspiren a puestos de elección municipal tienen que tomar licencia o suspenderles sus salarios.

Así lo explicó el presidente de la Junta central Electoral, Román Jáquez, en una comunicación remitida al ministro de Administración Pública, Darío Castillo, ante un requerimiento suyo.

Castillo pidió a la JCE que emita una autorización para que el MAP modifique la resolución que ordena a los funcionarios a tomar licencia y que los candidatos a suplentes de regidores permanezcan activos y devengando sus salarios.

“Hemos recibido informaciones de dirigentes nacionales de varios partidos políticos, de que una buena cantidad de sus candidatos a suplentes de regidor, que son servidores públicos, ocupando posiciones generalmente de bajos ingresos, prefieren renunciar a sus respectivas postulaciones, si tienen que salir de la nómina precisamente los meses de diciembre 2023, enero y febrero 2024, lo que amenaza con crear problemas en completar la formación de las boletas municipales, a dichas organizaciones políticas”, refiere la comunicación de Castillo.

El presidente de la JCE le explicó que ese órgano no incluyó regulaciones, obligaciones o limitaciones para los demás empleados públicos que tengan aspiraciones a cargos de elección popular y que no son funcionarios públicos, pero que, además no desempeñan funciones de jerarquía en los organismos autónomos y los ayuntamientos.

“Tenemos a bien precisar que , excepto el caso de funcionarios públicos que señala la ley 20-23 Orgánica de Régimen Electoral y la resolución 38-2023, los demás empleados públicos no están en la obligación de tomar una licencia de sus respectivos puestos de trabajo, ni mucho menos se les debe suspender de sus funciones ni suspender sus salarios”

Dijo que si bien es cierto que el objetivo de la circular y comunicación del MAP, han sido redactadas a partir de lo previsto en el texto del artículo 145 párrafo II de la Ley 20-23, dicha regulación únicamente debía ser aplicada a los funcionarios públicos y quienes ejercen los niveles de jerarquía que se precisa en la resolución 38-2023 de la JCE.

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