Juristas consideran injustificable la actitud de la Procuraduría General de la República (PGR) de no proveer información de la cantidad de bienes que administra y que tal actitud pudiera dar lugar a que se interponga una acción judicial en demanda de la información.

“No se justifica desde el punto de vista de la normativa procesal como tampoco de la Constitución de la República. Es una actitud que repite para las partes de un procesos a las que se le ocultan muchas veces, durante el proceso de investigación, las pruebas y por eso se acude al auxilio del juez para que ordene al Ministerio Público entregar la carpeta fiscal”, dijo Carlos Salcedo.

El jurista refiere que en los hechos lo que hace la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados es una actitud negadora de derecho de todo ciudadano de acceder a las informaciones relevantes, sobre todo, cuando hay temas en los que está comprometido el interés público, el erario o puedan estar comprometidos funcionarios públicos a los cuales debe estar el pueblo en capacidad de conocer y fiscalizar sus actuaciones.

Prudencia que altera CPP

Manifestó entender que el órgano investigador pudiera estar siendo prudente para fines de la transición de las funciones según dispuso la nueva Ley 60-23 sobre la administración de bienes secuestrados, incautados y abandonados pero es “una prudencia que altera el orden procesal y el orden constitucional que permite que los ciudadanos acedan a cada uno de los elementos que han sido incautados o que podrán ser objeto de decomiso conforme a la acusación”.

En tanto, Emery Colomby Rodríguez enfatizó en que toda institución pública está en la obligación constitucional de rendir cuentas y tratándose de una solicitud de información sobre bienes incautados, que en definitiva no pertenecen a la Procuraduría, sino que entrarían a formar parte de los bienes públicos o que tienen alguna condición de secuestro provisional es mandatorio para la PGR garantizar la transparencia y responder los requerimientos de información.

Se puede someter un amparo

Explicó que la directora de la unidad de custodia y bienes incautados, Damia Veloz Hernández, podría estar expuesta a que se someta un recurso de amparo en contra de la institución a los fines de obtener la información; como ha ocurrido en múltiples circunstancias en donde se han negado a brindar la información.

“Es necesario que la sociedad conozca cuántos bienes incautados administra la PGR para garantizar la transparencia institucional, al tiempo de que sería oportuno saber cuántos serían entregados a la nueva institución que los administrará bajo la nueva Ley de Bienes Incautados”, señaló la abogada Colomby Rodríguez.

Transparencia y publicidad es trasversal

Francisco Álvarez Martínez, explicó que el manejo transversal de propiedad o lo que será propiedad pública, en su momento, se basa en el principio de transparencia y publicidad para que las partes interesadas tengan conocimiento.

Pese a que no se está solicitando información sensible respecto a las investigaciones, ni se trata de información de seguridad nacional, la Procuraduría se negó a informar a elCaribe, de manera genérica, la estadística bienes muebles e inmuebles que administra.

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