Abogado dice que le corresponderá al TC decidir sobre caso Geanilda

La decisión que ordena reintegrar a la suspendida secretaria de Organización del PRD ha abierto un debate jurídico.

La decisión que ordena reintegrar a la suspendida secretaria de Organización del PRD ha abierto un debate jurídico.El  abogado Nassef Perdomo consideró que la Novena Sala Penal del Distrito Nacional no es el tribunal competente para conocer la acción que presentó Geanilda Vásquez.

Explicó que el artículo 70 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional establece que una acción por violación a los derechos fundamentales debe someterse ante el tribunal que mayor vinculación con el derecho violado. Dijo que los abogados de Miguel Vargas ahora podrían interponer un recurso de revisión del caso ante el Tribunal Constitucional, que es la instancia donde deben llevarse las objeciones de las sentencias en amparo.

Sin embargo, entiende que el Partido Revolucionario Dominicano estaría en la obligación de reintegrar en sus funciones a Vásquez debido a que las sentencias en amparo no se pueden suspender, a la luz de lo establecido en el artículo 71 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional.

Perdomo refirió que el único caso en que el TC ha suspendido una sentencia de amparo tardó nueve meses en tomar la decisión.

Asume el 19

Vásquez informó que se reintegrará a sus labores en el PRD como secretaria de organización desde el próximo martes 19 de este mes, día en que la jueza de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional fijó para la lectura íntegra de la sentencia. Del grupo de sancionados del PRD, Orlando Jorge Mera, suspendido por dos años e Hipólito Mejía y Andrés Bautista, expulsado de manera definitiva por el Consejo Nacional de Disciplina del PRD, solo Vásquez apeló la decisión ante los tribunales ordinarios.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas