ARS cubrirán atención médica por accidentes viales

A partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de este año, las entidades que prestan servicios de salud en el país deberán cubrir las atenciones médicas por accidentes de tránsito por disposición del CNSS.

A partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de este año, las entidades que prestan servicios de salud en el país deberán cubrir las atenciones médicas por accidentes de tránsito por disposición del CNSS.

La medida está contenida en la resolución número 290-02 y abarca las Administradoras de Riesgos de Salud -ARS-, el Seguro Nacional de Salud -Senasa- y su red de Prestadores de Servicios de Salud -PSS- , señala una nota del Consejo Nacional de Seguridad Social.

La cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito será realizada en el marco de la aplicación del Plan de Servicios de Salud (PDSS) en el Régimen Contributivo conforme establece el párrafo de la Resolución No. 227-02 de fecha 21 de diciembre 2009, informó Rafael Pérez Modesto, Gerente General del CNSS.

“Con esta disposición se da un periodo de nueve meses de tranquilidad a los afiliados, al tiempo que el Consejo ha tomado las previsiones de lugar con la finalidad de que sea abordado y solucionado en una Comisión especializada, la cual encamina sus esfuerzos en presentar una solución definitiva ”, dijo.

Según detalla la resolución, durante este período la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones (CPFeI),  ejecutará el Estudio establecido en la Resolución del CNSS No. 281-03, que establece  la creación de un Fondo Nacional de Accidentes (FONAMAT), tal y como lo contempla la Ley 87?01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

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