Buscan penalizar a servidores corruptos

La Cámara de Diputados recibió ayer una propuesta de ley que busca imponer de tres a diez años de cárcel a los funcionarios, empleados o servidores públicos que cometan algún acto de corrupción.

La Cámara de Diputados recibió ayer una propuesta de ley que busca imponer de tres a diez años de cárcel a los funcionarios, empleados o servidores públicos que cometan algún acto de corrupción. El proyecto, presentado por el diputado Cristóbal Castillo, representante de Hato Mayor por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), también impone de tres a cinco años de prisión a las personas nacionales o extranjeras que ofrezcan al trabajador público cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios, como dádivas, regalos, favores, promesas, ventajas de cualquier índole para que realice o se abstenga de realizar un acto inherente a su función, empleo, misión o de su mandato.

La multa para corruptos y corruptores sería equivalente al doble de los valores envueltos en el acto sancionado.

Estas penalidades también serán válidas para aquellos empleados públicos que no puedan explicar el crecimiento de su riqueza.

“Es un clamor popular de todos los sectores de la República Dominicana, los cuales solicitan a viva voz la creación de una ley que sancione los actos dolosos cometidos en los órganos del Estado”, resalta el legislador de Hato Mayor en las consideraciones iniciales del documento.

En el interés de hacer más eficiente el combate contra el flagelo de la corrupción administrativa, el proyecto de ley, en el artículo 24, establece la figura del Procurador General Anticorrupción y sus adjuntos, como integrante del Ministerio Público, y deroga el decreto que crea el Departamento de Prevención de la Corrupción (DEPRECO) y cualquier otra disposición que le sea contraria.

Este organismo ejercerá sus funciones por ante una nueva Jurisdicción Nacional Anticorrupción, concebida para conocer y juzgar los hechos identificados en la normativa. 

El proyecto se sustenta en el artículo 146

El proyecto tiene su primer sustento en el artículo 146 de la Constitución del 2010, en el que se establece que “será sancionada con las penas que la ley determine toda persona que sustraiga fondos públicos o que prevaliéndose de sus posiciones dentro de los órganos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”.

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