RD ya no es miembro de la CIDH; Gobierno acoge decisión

El Tribunal Constitucional declaró ayer la inconstitucionalidad del Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) suscrito el 19 de febrero de 1999, por lo que desvinculó al país de las decisione

El Tribunal Constitucional declaró ayer la inconstitucionalidad del Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) suscrito el 19 de febrero de 1999, por lo que desvinculó al país de las decisiones de ese organismo regional.

En tal sentido, la alta corte estableció que las decisiones del organismo regional no son vinculantes y que el país no está obligado a acatarlas porque carecen de legalidad al no ser aprobadas por el Poder Legislativo.

Dicho instrumento fue firmado por el presidente de entonces, Leonel Fernández, pero los accionantes argumentaron que el acto por el que se reconoció la competencia de la CIDH viola los artículos 37 (inciso 14), 55 (inciso 6), 46, 99, 3 y 4 de la Constitución vigente cuando se introdujo el recurso, que era la del año 2002.

Mediante la sentencia TC/0256/14, la alta corte indicó que tomó la medida en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales.

El recurso que derivó en la referida sentencia fue depositado el 25 de noviembre del 2005 por un grupo de abogados y ciudadanos que demandaron en declaratoria de inconstitucionalidad la referida comunicación del expresidente Fernández con la cual el país se adhirió a la CIDH, que es una dependencia de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Entre otros accionantes se destacan Juan Manuel Rosario, Pelegrín Castillo Semán, Pedro Manuel Casals Victoria, Juan Miguel Castillo Pantaleón, Mario Bonetti y Leila A. Roldán, Nelys María del Orbe Pérez.

Dicho recurso quedó pendiente de fallo por la Suprema Corte de Justicia, la cual, a partir de la proclamación de la Constitución del 26 de enero del 2010 perdió la facultad para conocer los recursos de inconstitucionalidad, cuya atribución pasó al Tribunal Constitucional.

El punto detonante

Aunque el recurso de inconstitucionalidad en cuestión fue depositado en el año 2005, el fallo del Tribunal Constitucional se produjo en momentos en que el Gobierno rechazó la sentencia emitida por la CIDH por supuestas violaciones a inmigrantes haitianos y dominicanos de ascendencia haitiana.

Dicho fallo fue conocido en el país el pasado miércoles 22 de octubre y aunque los casos que citó la CIDH para tomar su decisión ocurrieron entre los años 1999-2000, el tribunal regional pidió la anulación de la sentencia del Tribunal Constitucional y la Ley 169-14 sobre Naturalización, que fueron emitidas en los años 2013 y 2014, respectivamente.

Pero además, ordenó modificar la Constitución de la República para variar las condiciones bajo las cuales las personas descendientes de extranjeros indocumentados nacidas en el país pueden adquirir la nacionalidad dominicana.

En sentido concreto, la decisión que provocó un rechazo casi generalizado ordena a las autoridades dominicanas “adopten las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea esta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa, o de cualquier práctica, o de decisión, o interpretación, que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres de extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas, y niños nacidos en el territorio de República Dominicana”.

Cancillería acatará el fallo del TC, pero Hipólito Mejía lo rechaza

El canciller Andrés Navarro reiteró que el Gobierno acatará la sentencia 256-14 y todas las decisiones en cualquier coyuntura que emita el Tribunal Constitucional, sobre la base de la autonomía de todos los poderes del Estado.

Explicó que tan pronto se analice el texto original del fallo el Gobierno adoptará una posición oficial de cara a los organismos internacionales, específicamente ante el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos. Señaló que en su momento el Estado dominicano anunciará las medidas que adoptará.

Dijo que el equipo técnico de la Cancillería evaluó los diferentes escenarios que se podrían presentar bajo las expectativas generadas por la decisión de Tribunal Constitucional y garantizó que el país está preparado para abordar cualquiera de estos escenarios

“Una vez estudiemos el texto original del fallo, pues daremos cuenta al país de cuáles son las medidas que el Gobierno dominicano va a tomar frente a esta coyuntura”, dijo Navarro.

Mientras que el expresidente Hipólito Mejía consideró que la sentencia del Tribunal Constitucional fue prejuiciada y manifestó su desacuerdo en que el país salga de la CIDH.

“Eso lo firmó Leonel Fernández en el 1999. Y todas las resoluciones y las condenas que hay contra el país ¿qué se puede hacer con eso? Yo creo que es una falta de responsabilidad que no se puede permitir. No debemos ser mezquinos, tenemos que respetar eso, y si alguien nos acusa de algo tenemos que respetar”, dijo Mejía al ser abordado por los periodistas.

Advierte peligro de salir del sistema regional

Para el jurista experto en derecho constitucional Eduardo Jorge Prats, si el Tribunal Constitucional decide declarar la incompetencia de la CIDH vulneraría la Constitución y eso representaría un grave retroceso para el país porque se aislaría de sus principales socios comerciales que son Estados Unidos y Europa.
El jurista recomendó que antes de adoptar esa medida es preferible que el país someta un recurso “de interpretación” ante la CIDH. Explicó que los tratados sobre derechos humanos firmados por el país son normas supremas y vinculan al resto del ordenamiento jurídico y debe sujetarse a ellos como a la propia Constitución. “De allí que todo acto del poder público que viole o menoscabe los derechos garantizados en los tratados sobre derechos humanos es nulo; y los funcionarios públicos que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad”, subrayó.

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