Finjus dice artículos de la Ley 6132 crean “grave distorsión”

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró que los artículos 30-35, 39-40 y 46-48 de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento crean una “grave distorsión” a la concreción de la cláusula de Estado de derecho.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró que los artículos 30-35, 39-40 y 46-48 de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento crean una “grave distorsión” a la concreción de la cláusula de Estado de derecho.Además, la Finjus dijo que los referidos artículos se contradicen con la Constitución. En tal sentido, señaló que la circulación y difusión de las ideas, informaciones y datos sobre la realidad, es un principio constitucional y uno de los valores centrales de un Estado social y democrático de derecho, y que en ello descansa el principio legal de que su censura previa afecta a la sociedad en todo su conjunto.

“Como sociedad debemos abocarnos a medidas y vías que busquen la restauración de la reputación y retribución de las personas afectadas, y alejarnos progresivamente de aquellas que se diseñan bajo un modelo de vengatividad, que sólo terminan por vulnerar el derecho a la libre expresión con medidas como la responsabilidad en cascada que crean una barrera en el acceso a los medios de comunicación y por lo tanto afectan el derecho fundamental de libre expresión para los difusores y de información para la sociedad”, indica.

Los directores de los principales diarios del país han expresado la necesidad de la despenalización de los delitos de prensa y solicitaron la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 30-35, 39-40 y 46-48 de la Ley 6132, así como de los artículos 368, 369, 370 y 372 del Código Penal Dominicano.

El 25 de febrero del 2013 incoaron una acción directa de inconstitucionalidad contra esos artículos que fue conocida el 21 de junio del 2013, en audiencia pública celebrada por el Tribunal Constitucional, expediente que quedó en estado de fallo. La Finjus resalta que lo que se busca con la acción de inconstitucionalidad y con la eliminación de la responsabilidad en cascada no es beneficiar a un sector en específico, sino “continuar con el proceso de adaptación de nuestro ordenamiento a los lineamientos de la Constitución de 2010, encontrando el mejor equilibrio entre la protección eficiente del derecho al honor y libre personalidad, frente al de la libre expresión y difusión del pensamiento”.

“Al hacer una lectura objetiva e integral del ordenamiento que rige la prensa y libertad de expresión en República Dominicana, es fácil encontrar importantes contradicciones entre la Constitución Dominicana que en su artículo 49 sostiene que ‘toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa’”, dice la entidad.

La SIP se solidariza con el reclamo de los medios

El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Claudio Paolillo, dijo que “el reiterado pedido de los editores dominicanos es coherente con la descriminalización de la difamación, una tendencia a favor de la libertad de prensa y de expresión que viene siendo fortalecida por la jurisprudencia y las opiniones de la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

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