La Iglesia no divorcia

El matrimonio católico es el vínculo sagrado con el cual se inicia la familia y nada podría romper la grandeza de esa disposición divina porque, sencillamente, lo que Dios construye nada ni nadie puede destruirlo.

El matrimonio católico es el vínculo sagrado con el cual se inicia la familia y nada podría romper la grandeza de esa disposición divina porque, sencillamente, lo que Dios construye nada ni nadie puede destruirlo.Este aforismo explica por sí solo el valor de una verdad inmutable y en tal virtud los sacerdotes deben evangelizar a las parejas, incluso ir más allá de simples enunciaciones.

Y como todo esto sucede aquí en la faz de la tierra, justo en el mundo social creado por Dios, es bueno explicar que el programa de lectura del evangelio de la Santa Misa, es el mismo en Brasil, China, la Patagonia, Estados Unidos y aquí.

Entonces, como es universal el evangelio, ideológicamente estructural, es por esta razón que el sacerdote debe conocer a los padres y padrinos de los contrayentes, antes de la ceremonia nupcial; todo esto para estimular la consagración redonda de los novios al presentar a Dios las calidades de sus representantes sociales y morales.

Tal esfuerzo valdría la pena, porque globaliza al matrimonio vinculando a nuestros hermanos separados que hoy disfrutan de igual facultad para celebrar bodas por lo civil.

Sin embargo, en muchos países la gran mayoría contrae nupcias por la ceremonia religiosa de la Iglesia católica, más particularmente, en Iberoamérica, donde los contrayentes oscilan entre un 80 o 90 por ciento.

Desde luego, el Derecho Matrimonial Canónico es de interés universal, puesto que vemos que la gran mayoría de las personas que han contraído nupcias lo han realizado por la Iglesia católica.

Se impone decir, no obstante, que la Iglesia católica no divorcia, pero el Derecho Canónico acepta y permite el Derecho de Nulidad del Matrimonio Católico.

En cada diócesis y para todas las causas, exceptuadas aquellas señaladas expresamente por el Derecho Canónico, el juez de primera instancia es el obispo, quien puede ejercer ésta potestad por sí mismo o por medio de otros. Precisamente el Tribunal Eclesiástico es el órgano que ayuda al obispo en esta misión.

Enunciaremos las causales más comunes para declarar la nulidad de un matrimonio católico:

1- Si uno de los cónyuges se ha casado por la Iglesia teniendo todavía otro vínculo matrimonial vigente.

2- Si se da impotencia para el acto conyugal tanto por parte del hombre como de la mujer.

3- Si alguno de los contrayentes carecía de suficiente uso de razón.

4- Si teniendo suficiente uso de razón, carecía de la necesaria discreción de juicio (Código de Derecho Canónico 1095-2).

5- Si teniendo suficiente uso de razón, carecía de la necesaria discreción de juicio para entender las obligaciones esenciales del matrimonio y aun queriéndolas cumplir, es incapaz de cumplirlas por una causa de naturaleza psíquica) por ejemplo, es incapaz de guardar la fidelidad, de vivir unido de por vida, de llevar una vida sexual normal, de educar y alimentar a sus hijos, al drogadicto y el alcohólico (Código de Derecho Canónico 1095-3).

6- Por simular casarse y en realidad no hacerlo porque excluyó voluntariamente quedar verdaderamente casado, o excluyó consciente y voluntariamente algún elemento o propiedad esencial del matrimonio como la fidelidad o la procreación o la indisolubilidad del matrimonio.

7- Si uno de los cónyuges se casó engañado por el otro por una cualidad que no tiene y que perturba gravemente el matrimonio.

8- Si alguien se casó por miedo, coacción o sin libertad suficiente.

El papa Francisco pidió a la Signatura Apostólica, el más alto tribunal de la Iglesia católica, que acelere el proceso de nulidad; porque no es posible que las personas esperen años para saber si su matrimonio es o no válido.

Entonces, en ese sentido, es la Santa Madre Iglesia, dice el Papa, la que debe buscar a sus hijos para hacer justicia y es necesario estar atentos a los procesos de nulidad matrimonial. Así, la figura del divorcio no existe en el Derecho Canónico.

El matrimonio católico no se puede romper; la nulidad sólo certifica que nunca existió.

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