JCE instruye dar acta a dominicana de origen haitiano

El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó darle cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena emitir de inmediato acta de nacimiento  a la dominicana de ascendencia haitiana Juliana Dequis Pierre.

El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó darle cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional que ordena emitir de inmediato acta de nacimiento  a la dominicana de ascendencia haitiana Juliana Dequis Pierre.Al dar a conocer la decisión, el presidente de la JCE, Roberto Rosario Márquez, dijo que en tal sentido instruyó a la Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción  del Estado Civil de  Yamasá y al director  de la Oficina Central  del Estado Civil  a emitir de inmediato el extracto del Acta de Nacimiento a Dequis Pierre, quien había incoado un recurso de amparo.

El pleno también aprobó remitir una comunicación al director general de Migración con la referida acta anexa  a los fines que establece la referida sentencia.

A los mismos fines también se autorizó a la Consultaría Jurídica de la JCE, para que inicie el procedimiento judicial que corresponda.

Igualmente, se instruyó remitir la citada sentencia a la Comisión de Oficialía de la JCE para que a la mayor brevedad posible realice un estudio de la misma y haga las recomendaciones de lugar al pleno de esta institución a  los fines de implementar los demás aspectos de la referida sentencia en lo que respecta a la Junta Central  Electoral.

El pleno

Rosario dijo que el pleno de la Junta  Central Electoral aprobó darle entrada a la referida sentencia y proceder a su ejecución en cumplimiento de lo que establece el Artículo 184 de la Constitución de la República que dispone que sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes  para los poderes públicos y todos los  órganos del Estado.

La reunión del pleno de la Junta  Central Electoral se realizó con la presencia del presidente y sus  cuatro miembros, abordando una agenda de 14 puntos.

 Entre ellos, se conoció de la solicitud de acreditación hecha por la Dirección  Nacional de Registro Civil y de la Dirección de Inspectoría para que la congregación  religiosa denominada La Iglesia de  Dios que dirige el pastor Elvis Samuel Medina, pueda ser acreditada para la celebración del matrimonio religioso conforme a lo que  establece la Ley 198-11 y su Reglamento.

Según Rosario, esta iglesia cumplió  con todos los requisitos legales correspondientes y en ese sentido se entregó la acreditación autorizada al pastor Medina.

Acta de nacimiento fue emitida inmediatamente

Dequis Pierre nació en el municipio de Yamasá, en abril de 1984, y es hija de dos braceros de nacionalidad haitiana.

La sentencia TC/0168/13 establece que “si bien (Dequis Pierre) nació en el territorio nacional, es hija de ciudadanos extranjeros en tránsito, lo cual la priva del derecho al otorgamiento de la nacionalidad dominicana, de acuerdo con la norma prescrita por el artículo 11.1 de la Constitución de la República promulgada el 29 de noviembre de 1966, vigente a la fecha de su nacimiento”.

El dictamen del alto tribunal está actualmente en debate por la oposición de algunos sectores. Juliana Dequis Pierre, de 28 años, dice que a pesar de que es hija de nacionales haitianos, nunca ha viajado a Haití. Tiene cuatro hijos, los cuales tampoco poseen documentos.

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