La ley 87-01 de Seguridad Social estipula en el artículo 169 que cuando se desarrollen las condiciones técnicas necesarias, el Consejo Nacional de Seguridad Social podrá establecer tarifas diferenciadas en función del riesgo individual de los beneficiarios. El tiempo pasó, eso no se hizo y el resultado, 24 años después, es un sistema de seguros de salud distorsionado por tarifas uniformes, no diferenciadas por siniestralidad y perfil de riesgo de afiliados en base a edad y sexo. Eso ha redundado en distribución desigual de beneficios entre las ARS, masa para unas y hueso para otras, siendo la gran perdedora la gubernamental Senasa. Menos mal que se proyecta ya corregir la distorsión.
