Hoy, 6 de noviembre celebramos los primeros 179 años de la promulgación de lo que sería nuestra declaración de nacimiento, la Constitución que establecía las bases de la joven República, que se desprendía de la barbarie de la dominación haitiana. Casi 9 meses habían transcurrido desde que los duartistas habían logrado acabar con el régimen opresor, pero Internamente la traición había jugado su papel contra ese grupo libertador y Pedro Santana, ya en julio del glorioso 1844, se había proclamado por la fuerza, jefe de gobierno de la Junta Central Gobernativa. Esta Junta, el 24 ese mismo mes, emitió un decreto con carácter de ley electoral para que cada pueblo seleccionara su representante con título de Diputado, para cumplir la encomienda de redactar la primera Constitución de la naciente República Dominicana y a la vez elegir al primer presidente dominicano. El cónsul francés, titular de enorme influencia, Eustache Juchereau de Sain-Denys, se permitió sugerir que se reunieran en San Cristóbal, para evitar o disminuir la influencia externa a ese Congreso Sui generis evitando “la perniciosa influencia del espíritu de partido”. El 26 de septiembre iniciaron sus trabajos tras un extenso discurso del influyente Tomás Bobadilla, donde definía los alcances de los comisionados, como Congreso regular y recibieron el primer intento de manipularles. Les fue sometida una solicitud de empréstito de 1,500,000 libras esterlinas, pagadero en 30 años y al 5% de interés anual, el cual fue rechazado por unanimidad. Esto incomodó sobre manera a Santana y emitió un Decreto donde se le daba facultades para enjuiciar a los diputados, como “traidores a la Patria”. Por instancia de Buenaventura Báez, diputado por Azua, se declaró la inviolabilidad de los diputados constituyentes. En lo aprobado se estableció el Gobierno esencialmente civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable; se definieron como límites de la República los que tenía la antigua colonia de Santo Domingo y se rechazaba la ocupación de varios pueblos como San Rafael, Hincha, Las Caobas y otros. Se estableció la base de los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Se definieron normas para el Poder Ejecutivo mientras el Poder Legislativo tendría la representatividad de la República y se definió la independencia del poder Judicial. Santana quiso imponer sus ideas y el enfrentamiento entre la Junta y el Congreso llevó el totalitarismo de Santana a enviar tropas a San Cristóbal. Bobadilla maniobró salvando la situación, incluyendo el Artículo 210, donde facultaba al Presidente, mientras durara el periodo de guerra, a hacer lo que considerara conveniente mientras no se firmara la paz. El 6 de noviembre de 1844, hace 179 años se promulgó nuestra existencia como nación organizada, con los derechos ciudadanos de la época, establecidos en ella. Esta Constitución estuvo vigente por 10 años siendo modificada en 1854 y esta a su vez, sustituida por la llamada Constitución de Moca de 1858.

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