Mientras esperamos atentos la propuesta del presidente y posterior confirmación del Consejo Nacional de la Magistratura de quién fungirá por los próximos 2 años como procurador o procuradora general de la República y con esto la mágica y automática evolución del Ministerio Público a un Ministerio Público Independiente y eficaz, el inicio de año se hace propicio para, como hicimos el año pasado, pasar revista a las cuentas del órgano de persecución en la República Dominicana.

Al analizar el estado de la justicia penal, sobre la base de la data y estadística, tan ausentes como necesarias en la República Dominicana, usamos el informe del World Justice Project “Rule of Law” edición 2024, principal fuente de datos originales e independientes sobre el estado de derecho, hace un año y sin variación ocupamos el puesto 86 a nivel general (incluidas todas las materias), pero en materia penal retrocedimos del puesto 92 al 93 de 142 países.

En ese retroceso, indudablemente, tienen cuentas pendientes nuestro órgano persecutor, pues siguen siendo especialmente preocupantes dos aspectos que atañen al Ministerio Público, como la ineficacia en la investigación criminal y el sistema penitenciario, estos dos aspectos son los que peor resultado arrojan dentro de la justicia criminal.

En cuanto a la ineficacia en la investigación criminal, basta pasar revista al proceder del Ministerio Público que, fuera de sus efectivas campañas mediáticas, las cuales, en violación de la Constitución y las leyes presentan como inequívocos culpables a los investigados, se realizan de espaldas al debido proceso, de forma atropellante, sesgada y manipulada.

Abundan en nuestros anaqueles las investigaciones de casos complejos en los que el Ministerio Público, al margen de haber solicitado medidas de coerción con un caso “blindado” en sus propias palabras, tiene que transcurrir el plazo máximo de investigación (alargado por la complejidad), petición de prórroga y luego intimación judicial para que se presente acusación. Donde se ha visto que presentan acusaciones abultadas, con infinidad de imputados, listas interminables de testigos, “peritajes” sin cumplir la norma y luego la queja por la lentitud del proceso, cuando han sido precisamente los culpables y es que como bien dice mi estimado profesor Juan Manuel Guerrero “nemo auditur propriam turpitudinem allegans”, nadie puede alegar su propia torpeza.

El Ministerio Público tiene mucho que aprender de la investigación criminal de países como Estados Unidos, no sólo en la parte de la justicia negociada, sino en la simplicidad de las acusaciones, la contundencia de las pruebas, la construcción eficiente de una teoría del caso, para evitar que año tras año la ineficacia en la investigación sea la norma. Otro día pasaremos revista al estado actual de todos estos macroprocesos para determinar si la investigación ha sido eficaz o no.

Por otro lado, el sistema penitenciario, cuya próxima extracción forzosa de manos del Ministerio Público debe ser el principal logro de la reforma constitucional del año 2024, presenta un panorama completamente desolador. En manos del Ministerio Público, el mismo que pide prisión preventiva como deporte, no obstante las circunstancias particulares del caso, la inexistencia de peligro de fuga o riesgo procesal, las cárceles siguen completamente abarrotadas, todas sobrepobladas, en condiciones insalubres, sin cumplir las llamadas Reglas Nelson Mandela o Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos.

El estado de cosas inconstitucionales de nuestro sistema penitenciario no es de la exclusiva responsabilidad del Ministerio Público, pero esperamos que el cambio de competencias permita acercarnos a un sistema más digno, donde los presos sean tratados como personas, donde sean trasladados efectivamente a sus audiencias y donde el sistema contribuye, mínimamente, a la finalidad constitucional de la pena.

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