Pros y contras del código

Nuevo Código Penal dominicano establece penas de hasta 40 años de prisión
Nuevo Código Penal dominicano establece penas de hasta 40 años de prisión

Reflejo de una legislación que desató pasiones y dividió a la sociedad, luego de promulgado el Código Penal todavía genera desavenencias.

De un lado hay resistencia a que se pase esa página y, del otro, se celebra quizá con más efusividad de la cuenta que en la materia dizque se haya aterrizado en el siglo XXI. Está también el mea culpa de los que renegaron de sus posiciones originales.

Sería erróneo, ya aprobado, anteponer posturas y transitar el camino de las descalificaciones porque si bien es innegable que modernizar la vetusta pieza no resistía más posposición, no se puede negar que se incluyeron temas que no estaban sobre la mesa y tampoco fueron suficientemente consensuados.

También es equivocado en este momento que algunos vivan como una proeza haber dejado fuera las eximentes del embarazo, porque si se quiere hablar de un código moderno, del siglo XXI, representa un atraso no contemplar situaciones excepcionales.

Existe una irrebatible lógica de hierro en las tres causales: ninguna mujer quiere enfermar de gravedad durante el embarazo, tampoco ser violada ni embarazada en un incesto, ni mucho menos que el bebé en su vientre sufra malformaciones incompatibles con la vida.

Las eximentes del embarazo, pese a la presión que han ejercido las ideas conservadoras de la sociedad, no riñen con un código moderno.

Inclusive, no sería especulación decir que su exclusión ha sido posible por la combinación de la imperiosa necesidad de que el país superara el texto napoleónico de 1804 y el influjo de pensamientos retrógrados.

Otras ideas conservadoras en el nuevo texto no solo alcanzan la interrupción de embarazo, sino también artículos que versan sobre la discriminación por orientación sexual e identidad de género, los crímenes de odio y la desigualdad por cuestiones religiosas o morales, o considerar ultraje hasta un gesto que a algún funcionario pueda disgustarle; y también el tiempo de prescripción de los delitos contra el patrimonio público.

Coincidimos con los que tras el saludo de rigor a la nueva pieza, y de verla como un paso de avance, piden no cerrar la discusión porque los diferentes puntos de vista deberían seguir siendo escuchados, como parte del debate democrático.

Ojalá que la “vacatio legis” (tiempo restante para su entrada en vigor) resulte suficiente para una revisión desapasionada.

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