Con todo cuanto ha ocurrido, durante el proceso atinente a la selección de los cinco nuevos jueces del Tribunal Constitucional (TC), que implicó entonces que el primer magistrado de la nación, lic. Luis Rodolfo Abinader Corona, convocara el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), es para obnubilar la mente más lúcida al componer un texto dotado de inteligibilidad, pero el compromiso con los lectores obliga a cualquier escritor a propiciar la condigna abstracción, de cara a salir airoso de semejante deber intelectual.

En efecto, se trató de un proceso iniciado en fecha once (11) de octubre con la convocatoria del CNM, en cuya ocasión los juristas interesados en participar en el concurso jurídico hacia el TC habrían de depositar a tiempo las credenciales habilitantes ante la secretaría de dicho órgano constitucional, pero luego vendría la depuración de expedientes, publicación de la lista auditada de candidatos propuestos, preparados entonces para recibir objeciones y tras de sí obtener el repertorio final de jurisprudentes acreditados, pasando enseguida a las vistas públicas durante seis días discontinuos.

De los 113 juristas acreditados, más de la mitad de candidatos propuestos eran jueces de carrera, cuyo desempeño cognoscitivo durante las entrevistas fue excelente, pese a que desde el principio hubo exhortaciones públicas vertidas con ánimo torticero, a fin de que a los integrantes de la judicatura se les cerrara el paso hacia dicha Alta Corte, dizque para evitar conciliábulos desnaturalizantes de la misión del máximo intérprete de nuestro contrato social, pero a todas luces semejante criterio queda muy distante de la sana sindéresis.

Nunca como ahora la convocatoria del CNM, efectuada esta vez para realizar la tercera renovación de jueces del TC, había concitado tanto interés, pero acontece que en esta ocasión entre los magistrados salientes queda enlistado el puesto del presidente de la archiconocida Alta Corte, don Milton Ray Guevara, jurista de acrisolada meritocracia estatal, cuyo reemplazo constituye una misión casi imposible, pues a cada persona le toca ser única en especie propia e irrepetible en su estilo de ejercer determinadas funciones públicas.

A contrapelo de semejante aprehensión, la nación jurídicamente organizada ha ido consolidando avances institucionales de gran calado, por cuanto hay que confiar en que el sistema de justicia constitucional proseguirá campeando por sus fueros, máxime cuando se trata de un tribunal que ha sentado los cimientos en precedentes lapidarios, cuyos jueces entrantes van a recibir como legado la doctrina monumental proveniente de tales magistrados primigenios.

Durante el proceso aún en ciernes, la comunidad jurídica y la sociedad expectante pudieron apreciar entre los concursantes postulados que hay juristas con sobrado conocimiento sobre derecho y otras disciplinas científicas, por cuya razón quedaron acreditados para administrar justicia especializada en el Tribunal Constitucional, debido a que, aunque hubiere candidatos que deslucieron en el magno escenario, el público espectador fue recipiendario de cátedras eximias en torno a temas relacionados con el constitucionalismo hodierno.

A título de ejemplos, los dispositivos tecnológicos registraron las intervenciones de los juristas concursantes, de cuyas ponencias sobresalieron temáticas de gran relieve constitucional, tales como las causales habilitantes del aborto, eutanasia, migración irregular, nacionalidad, matrimonio entre pareja del mismo sexo, libertad de expresión, discriminación inversa, interrupción del embarazo frente a la tutela de la vida de la madre, maternidad subrogada, vacunación obligatoria, colegiación periodística coercitiva y el carácter vinculante de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y más.

Sobre la brillantez de la judicatura participante, ante todo urge decir que esto dista mucho de ser pura prestidigitación u obra de la ley gravitacional, sino que los jueces han ido situándose a la vanguardia de la formación interdisciplinaria requirente en cualquier magistrado judicante, debido a la responsabilidad que implica administrar justicia bajo el amparo de la Constitución, la preceptiva legislada y la doctrina jurisprudencial imperante en la nación jurídicamente organizada.

Como nota de colofón, cabe aseverar que constituye un despropósito negarles a los jueces de carrera la meritocracia estatal para acceder al Tribunal Constitucional, tal como quedó consumado en esta ocasión, sin parar mientes en que todo magistrado judicante viene a ser el jurista esencialmente consagrado a la onerosa misión de administrar la justicia como servicio público, en aras de lograr la pacificación social, tras garantizar que cada ciudadano pueda dirimir cualquier conflicto intersubjetivo, ora en la jurisdicción ordinario o especializada.

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