Cuando empezaba la carrera de derecho me impactó bastante una frase que, aún hoy, sigue resonando en mi cabeza, la justicia es un valor inalcanzable, en referencia a la forma de analizarla en los escritos de Platón. Volvemos a mezclarnos con consideraciones cuasi filosóficas, pero esta vez por motivos completamente distintos, elementos nuevos que alejan un poco más que alcancemos la caprichosa justicia.

El impacto de las redes sociales es innegable, nunca había sido tan fácil informarse, con verdades o mentiras, se ha revolucionado la forma en que los individuos nos relacionamos y parecería ser que si algo no está en las redes sociales no existe. En la actualidad todos los ámbitos de la vida se ven afectados por el uso de estas herramientas, la justicia no es la excepción.

Históricamente la prensa ha sido un factor importante para el ámbito judicial, de allí que la publicidad de los procesos sea uno de los mecanismos para controlar la actuación del Poder Judicial, teniendo que manejar el impacto provocado por las distorsiones propias de algunos medios de comunicación que, por múltiples razones, carecen de objetividad, imparcialidad y veracidad. Pues ahora debemos agregar a la ecuación de mediatización de la justicia, las redes sociales que, como señala Sunstein, son un foro público donde cualquiera puede opinar y acceder a una gama muy variada, amplia y plural de puntos de vista.

No, astuto lector, el propósito de este artículo no es limitar la libertad de expresión y de información, es poner el ojo a cuando estas libertades impactan incisivamente en el accionar de la justicia. Pues sin lugar a dudas, en la actualidad los procesos jurídicos se pueden analizar según lo mediáticos que sean, es la única respuesta que puede explicar que dos asuntos idénticos, con la única salvedad de que uno se viralizó y el otro no, reciban soluciones distintas.

Casi a diario somos testigos de hechos que son expuestos en las redes sociales y consiguen la atención de las masas, la sobreexposición provoca que se motoricen todos los actores, políticos que prometen todo el peso de la ley, una policía que actúa queriendo salir al frente de los titulares, un ministerio público que prioriza ruedas de prensa y comunicados a la propia labor de investigación, abogados que afinamos más el discurso a las cámaras que el de los tribunales y un aparato judicial que, con todos los focos puestos encima, pretende responder al fuego mediático.

Es cierto que muchas situaciones lamentables han tenido respuesta gracias a su exposición en las redes sociales, como forma de que las autoridades le presten la atención suficiente, pero qué sucede con los otros casos, aquellos que por x o por y razón no cuentan con el escaparate, que no son “apadrinados” por un influencer que corra la voz, estos no reciben atención, para estos la justicia de lo viral no está disponible.

A menos que el artículo 39 de la Constitución haya sido modificado y la igualdad ante la ley dependa de la exposición mediática, las autoridades no deben actuar en atención a si el caso es tendencia o no, el cumplimiento del deber tiene que ser el denominador común en un verdadero estado social y democrático de derecho.

La justicia no puede condicionarse a la opinión pública, mucho menos cuando esta puede ser tan maleable como sucede en el ámbito de las redes sociales, con historias manipuladas e interesadas, versiones incompletas, a fin de cuentas, las sentencias siguen dependiendo de “hechos probados” y no de lo publicado en las redes.

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