Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, de esta forma se titula el nuevo proyecto que ha sido sometido al Congreso Nacional con el objeto de regular la libertad de expresión en todas sus manifestaciones, resguardar todos los derechos conexos a la comunicación social y el periodismo, así como los procedimientos administrativos y jurisdiccionales para la protección de los derechos de todas las partes.
El primer comentario parte de una obviedad, a muchos no les gusta que se mencionen las agendas de los gobiernos, pero es que es normal que los gobiernos manejan agendas, legislativas, programas sociales, relaciones exteriores, y más, pues en ese sentido, podemos afirmar que dentro de la agenda legislativa de este gobierno se encuentra la “polémica” regulación de la libertad de expresión, de la misma forma en que no es parte de la agenda del gobierno la reforma al Código Penal u otras normas.
No se trata del primer proyecto que somete el Poder Ejecutivo al respecto, pues hasta 4 fueron sometidos entre 2020 y 2024, incluyendo la inconstitucional Ley número 1-24, del DNI, los proyectos de Ley de Derecho a la Intimidad, Honor, Buen Nombre y Propia Imagen y el Proyecto de Ley de Ciberseguridad, todas piezas con alta sensibilidad y que tocaban el tema que nos ocupa.
El presidente Luis Abinader, señaló que se trata de un proyecto que “no tiene ni una coma de su autoría”, por ser el producto de aportes de varios sectores, medios de comunicación y abogados, pero quien lo somete es el Poder Ejecutivo y su endoso es prueba del acuerdo con el mismo, además de que varios sectores pudieron llamarse para representar nuevas formas de hacer comunicación que se verían impactadas también por la aprobación de la pieza.
Resulta un error apodar a este proyecto “ley mordaza” y la muestra más clara es que no es la primera vez que a un proyecto se le apoda de esta forma, debemos conocer el contexto de España, donde su uso este término y la norma que se ganó dicho calificativo, antes de criticar por criticar debemos estudiar la pieza, señalar sus fallos y proponer para su mejora.
En cuanto al proyecto, al margen de su contenido, debemos analizar su pertinencia y necesidad, podrá hacerse de forma correcta o incorrecta, pero no podemos negar que se requiere regulación, que existe una necesidad de tener un marco adecuado para resguardar adecuadamente la libertad de expresión, sus consecuencias ulteriores y la relación de los medios con los ciudadanos y el propio Estado.
Esta necesaria regulación, implica enterrar de una vez por todas la inconstitucional Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, que al margen de una ley establece infracciones y un sistema sancionador secreto y arbitrario, definitivamente un órgano que no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico actual. Esto unido al silencio legislativo que hemos experimentado luego de que el Tribunal Constitucional expulsara algunas de las disposiciones de la obsoleta Ley de Difusión y Expresión del Pensamiento de 1962.
En sustitución se crearía el Inacom, no estamos de acuerdo en su adscripción al Ministerio de Cultura y la forma de nombrar a sus consejeros, pues se ha demostrado primero, que esos órganos extra poder requieren de verdadera independencia y que las propuestas cerradas, en las cuales el presidente propone directamente a los miembros no son más que burocracia, sin que ello garantice la pluralidad, participación y salvaguarda de los intereses que en un órgano de este tipo estaría manejando. Y como dice Terminator, sobre este punto, I’ll be back.