El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo incoada por el candidato a senador, Vinicio Castillo, que buscaba declarar inconstitucional por la vía difusa, la resolución 67-20 del Congreso que autorizó al Poder Ejecutivo prorrogar del estado de emergencia y el decreto 213-20, que lo extendió por 17 días.

El Tribunal no admitió el recurso por notoria improcedencia.
“En razón de que la tutela de los derechos fundamentales lesionados depende enteramente del acogimiento de la excepción de inconstitucionalidad formulada por el amparista contra el decreto 213-20 dictado por el Poder Ejecutivo y la resolución 62-2020, emitida por el Congreso Nacional, examen que excede el ámbito de la acción de amparo y por ende, escapa del radio del control del juez en esta materia, pues supone una suerte de control abstracto sobre los actos jurídicos que comprenden el supuesto acto lesivo, lo cual deviene incompatible con el carácter excepcional y sumario de este procedimiento de garantía”, señala el dispositivo de la sentencia.

El TSE citó los precedentes contenidos en las sentencias del Tribunal Constitucional TC-0181-17 y del TSE 135-2019.

El candidato de la Fuerza Nacional Progresista, pedía en su condición de candidato, que no se le aplicasen los actos del Ejecutivo para desarrollar sus actividades políticas, al igual que dispuso el gobierno con los empleados y funcionarios de la Junta Central Electoral (JCE).

En relación a la decisión del tribunal, el aspirante dijo que su cuenta de Twitter que recurrirá la sentencia. “El Tribunal Constitucional deberá decidir sobre lo dicho hoy por TSE. Si es cierto que no hay amparo posible sin que previamente por vía directa se declare inconstitucional decreto y resolución del Congreso que autorizó prórroga estado excepción. Durará meses. Pero buscaré esa respuesta”, escribió.

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