FNP critica que se permita votar en el exterior a los no inscritos en el padrón

La Fuerza Nacional Progresista (FNP) consideró este miércoles que la disposición administrativa de la Junta Central Electoral que permite a los dominicanos en el exterior votar con la nueva cedula de identidad personal sin estar inscrito en el padrón.

La Fuerza Nacional Progresista (FNP) consideró este miércoles que la disposición administrativa de la Junta Central Electoral que permite a los dominicanos en el exterior votar con la nueva cedula de identidad personal sin estar inscrito en el padrón.

Entiende que esto transgrede el artículo118 de la Ley Electoral, que prohíbe de manera taxativa la posibilidad de ejercer el sufragio a aquellos ciudadanos que no estén inscritos en el listado de concurrentes.

Recordó que el artículo establece la identificación de los electores.“Una vez abierta la votación, los electores entrarán uno a uno al local que ocupe el colegio electoral, en el orden de su llegada, para lo cual el presidente dispondrá, con el auxilio del personal del colegio y de los agentes policiales destinados a su servicio, si fuere necesario, que los electores se coloquen en filas a medida que vayan llegando”, dice el artículo.

Agrega que “El elector entregará su Cédula de Identidad y Electoral al presidente del colegio electoral, o quien haga sus veces, para verificar que está inscrito en el formulario especial de concurrentes. Sin estos requisitos al elector no se le permitirá votar”.

 

La Fuerza Nacional Progresista sostuvo que la Ley Electoral es muy clara y que  la JCE no tiene facultad legal para anular este requisito, cuya violación comprometería gravemente la limpieza del proceso electoral, ya que dijo que son cientos de miles de ciudadanos dominicanos en el exterior.

“El solo hecho de poseer la cedula de identidad y electoral nueva no le da derecho a ningún ciudadano para votar si no está en el padrón, disposición que se aplica, tanto para la República Dominicana como para el exterior.  La Resolución de la JCE ni siquiera lo pone como voto observado”, dijo la organización política.

La Fuerza Nacional Progresista (FNP) entiende que la Resolución Administrativa no tiene fuerza derogatoria de la Ley Electoral y por lo tanto, no puede ser aplicada en los colegios habilitados para el voto en el exterior.

 

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