Inquietudes: Partición de los bienes en el divorcio

Esta semana recibí dos correos electrónicos de dos lectoras de nuestra columna las cuales me realizaban preguntas con relación a situaciones que actualmente están viviendo en sus procesos de divorcio, por lo que me…

Esta semana recibí dos correos electrónicos de dos lectoras de nuestra columna las cuales me realizaban preguntas con relación a situaciones que actualmente están viviendo en sus procesos de divorcio, por lo que me permito compartir con ustedes estas inquietudes que pueden servirnos de gran ayuda e interés.

¨Actualmente me encuentro en un proceso de divorcio y mi aún esposo dice que no tengo derecho a nada de los bienes y que él no me va a dar nada, pues nunca he trabajado, siempre me dedicado al cuidado de nuestros 3 hijos y que el único que ha salido a trabajar es él y que por esa razón lo único que me corresponde es una pensión alimenticia para mis hijos. ¿Es cierto esto? Estoy muy preocupada, Saludos Miguelina.

Estimada Miguelina si estas casada bajo el régimen de la comunidad de bienes, el patrimonio se reparte por la mitad, es decir que tienes derecho al 50% de todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos durante el matrimonio, exceptuando aquellos que tu esposo haya recibido por sucesión o donación. Al momento del divorcio puedes exigir la mitad del patrimonio de la comunidad, aún estos bienes se encuentren a nombre de tu esposo.

¨Buen día Lic. Muñiz luego de saludarle quisiera consultarle lo siguiente estoy casada bajo el régimen de la separación de bienes, cuando me case mi esposo no tenia bienes se acababa de graduar de médico, yo tenia una propiedad que mis padres me regalaron y la vendimos el cogió el dinero y puso una clínica de cirugía plástica, eso lo hizo con mi dinero pero yo no tengo ningún documento donde haga constar que yo le di el dinero para la clínica, el me esta hablado de divorciarnos pues ya no nos llevamos bien pero antes quiero saber cuales son mis derechos¨

Querida Alejandra el régimen de la separación de bienes establece que los esposos conservan los derechos de goce y administración sobre los bienes adquiridos antes y durante el matrimonio, es decir que los patrimonios permanecen separados e independientes entre sí, por lo tanto al momento de un divorcio los bienes que se encuentren a nombre de tu esposo son propiedad únicamente de tu esposo, no son susceptibles de partición.

Si tienen alguna inquietud pueden escribirme a [email protected] y la compartiremos con nuestras lectoras. 

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas