MAP iniciará diseño de mecanismos para ley salarios públicos

El Ministerio de Administración Pública (MAP) se apresta a reglamentar y establecer la metodología de aplicación de la Ley de Salarios para el Sector Público, aprobada por las cámaras legislativas.

El Ministerio de Administración Pública (MAP) se apresta a reglamentar y establecer la metodología de aplicación de la Ley de Salarios para el Sector Público, aprobada por las cámaras legislativas.El ministro Ramón Ventura Camejo, al detallar los aprestos del MAP dijo que se trata de “una ley muy  importante para el Estado dominicano por que tiende a fortalecer la institucionalidad de la administración pública”, eliminando la discrecionalidad salarial. Una vez en aplicación la legislación, “nadie podrá ofrecer salarios que no sea el órgano rector bajo los parámetros que la ley está indicando”.

Entrevistado durante un acto en el cual el MAP firmó un acuerdo con la Unión Europea para el fortalecimiento de la gestión de 40 ayuntamientos, Ventura Camejo explicó que la legislación “va a transparentar todos los salario el país, y va a contribuir a la transparencia del Estado, va a reducir iniquidades, de tal manera que favorece a muchos servidores públicos que son muy mal remunerados  y eso conduce a una estructuración de la administración, a establecer, diríamos, estructura de cargos, a describir  la tarea que hacen en los cargos y  valorar en función a la tarea que desempeña cada servidor.

En la web

En una declaración colgada en la página del MAP, Ventura Camejo también se refiere a la ley, cuyas observaciones del Poder Ejecutivo a principios de agosto del 2012 fueron rechazadas por el Congreso Nacional esta semana. Recordó que la ley de regulación salarial del Estado dominicano se corresponde con un mandato expreso contenido en el artículo 144 de la Constitución.

Entre las disposiciones de la iniciativa figura la fijación del  salario del Presidente de la República en RD$450,000, los de los presidentes de las cámaras legislativas, de la Suprema Corte de Justicia y el del  Tribunal Constitucional en RD$400,000. El Poder Ejecutivo, ejercido entonces por el doctor Leonel Fernández, devolvió con observación la ley, por entender que la forma como se aprobó no fue el resultado de un proceso de discusión con los organismos autónomos y descentralizados, entes que fueron incluidos en las modificaciones hechas a la ley en el Congreso.

“Inmediatamente el Ministerio de Administración Pública comenzará a trabajar en la reglamentación y en las herramientas teóricas y metodológicas para la aplicación de la legislación, que no se limita a los salarios de los altos directivos públicos, sino que abarcará a todos los servidores públicos, partiendo con el procedimiento de describir los cargos”, dijo Ventura Camejo.

Causas de la observación citadas fueron varias

Al devolver la ley a la Cámara de Diputados,  el Poder Ejecutivo citó el principio de jerarquía y las remuneraciones dispuestas en los artículos 5 y 12 de la Ley. Dijo, además, que “dicha ley no tendrá efecto ni validez, y por tanto devendrá en una ley contraria a las disposiciones del artículo 237 de la Constitución que prohíbe las leyes que autoricen pagos o engendren una obligación pecuniaria a cargo del Estado, sin establecer o identificar los recursos necesarios para su ejecución”.

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