Médico y pacientes

En la relación contractual entre médicos y pacientes, concurren una serie de deberes y responsabilidades para ambas partes. En este contexto, abordaremos la obligación a cargo de los galenos de brindarles a los pacientes toda la información necesaria,

En la relación contractual entre médicos y pacientes, concurren una serie de deberes y responsabilidades para ambas partes. En este contexto, abordaremos la obligación a cargo de los galenos de brindarles a los pacientes toda la información necesaria, que nace del derecho que tienen los pacientes a conocer todo sobre su caso y cuando el paciente no está en condiciones, estas informaciones deben dárselas a los padres y/o tutores de los menores y personas incapaces. El literal (f) del artículo 28 de la Ley 42/2001, que instituye el Sistema General de Salud, en relación a este derecho de los pacientes, establece lo siguiente: “A la información adecuada y continuada sobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento; y a recibir consejos por personal capacitado, antes y después de la realización de los exámenes y procedimientos”.

En lo referente al derecho a la información que tienen los pacientes, la Suprema Corte, en la sentencia No. 93 del 22 de julio de 2015, estableció una interesante jurisprudencia en relación al consentimiento informado, donde amplía la configuración de este derecho: “Considerando: que cuando el deber de información se cumple cabalmente, opera una traslación de los riesgos y, en caso de incumplimiento, esos riesgos se mantienen a cargo del deudor del deber de diligencia. Considerando: que en ese sentido, y con relación al incumplimiento específico de ese deber de información, la carga de la prueba de la diligencia en el cumplimiento de este particular deber recae sobre quien está en mejores condiciones para acreditar el hecho de la conducta diligente, es decir, en el médico”. En síntesis, de lo expresado anteriormente se extraen las siguientes conclusiones: Primero, que es responsabilidad de los médicos brindar a los pacientes todos las informaciones antes, durante y posterior a un procedimiento quirúrgico; segundo, que si esta información no ha sido suministrada en la forma que establece la ley, el médico es responsable por los riesgos que se ocasionen en el proceso; y tercero, que en los casos donde haya incumplimiento de este deber de información, opera el principio de la carga dinámica de la prueba, la cual está a cargo de quien está en las mejores condiciones de acreditarlas, en este caso del médico. 

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