Producción de agua y las entidades reguladoras de servicios

El agua es un bien finito y hasta hace pocos años se creía que era un recurso infinito, ya que era de fácil acceso. Empero, la realidad de las constantes épocas de sequías han producido una notable escasez de este vital líquido. En el año 2000&#823

El agua es un bien finito y hasta hace pocos años se creía que era un recurso infinito, ya que era de fácil acceso. Empero, la realidad de las constantes épocas de sequías han producido una notable escasez de este vital líquido. En el año 2000 se firmó un pacto para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio con metas al año 2015. Ciento ochenta y nueve (189) Jefes de Estado juraron trabajar por conseguir varios objetivos para eliminar la pobreza, con el propósito de la obtención de una vida más digna. Entre estos ítems estaba reducir a la mitad el número de personas sin acceso al agua, lo que no se ha cumplido. Por el contrario, para el año pasado 800 millones de personas carecían de acceso al agua, y en el año 2000 la cifra solo alcanzaba a 235 millones, lo que evidencia un agudizamiento de este gravísimo drama humano.

Esto se ha convertido en un problema mundial debido a que existe el riesgo del imperioso agotamiento del agua por falta de precipitaciones, ya que no hemos entendido qué es la producción del agua. La recolección de lluvia puede entenderse como una manera de producir agua.

Es tiempo de abocarnos a la elaboración de planes concretos de políticas públicas, para una mayor producción de agua, protegiendo, reforestando y recuperando las zonas útiles para la existencia del agua, tales como las zonas de recargas acuífera, nacimiento de ríos, quebradas y los lugares de filtración.
Por tanto, es importante definir que la producción de agua no es más que la recolección de agua de lluvia, y la mejor forma de lograrlo es con un verdadero plan nacional de reforestación que nos garantice mayores precipitaciones. Es significativo destacar que la producción de lluvia obedece a tres factores principales: la presión, la temperatura y la radiación solar. Las lluvias se originan debido a los cambios de presión o temperatura en la atmósfera y la disponibilidad de agua en el medio. En otras palabras, la lluvia es un fenómeno atmosférico que se origina con la condensación del vapor de agua que contienen las nubes.

La superficie de agua libre (océanos, ríos, lagos, lagunas, embalse, etc.) ocupa más de dos tercios de la superficie del planeta, reciben la energía solar y pierden agua por evaporación. La evaporación del agua mantiene la atmósfera húmeda. En la altitud, con reducción de temperatura, el vapor de agua se condensa y precipita en forma de lluvia. A veces, dependiendo de las condiciones atmosféricas u orográficas de la superficie, se precipita en forma de hielo (granizo) y niebla. (Captación y almacenamiento de agua de lluvia. Opciones técnicas para la agricultura familiar en América y el Caribe). FAO. Santiago, Chile, abril de 2013.

Las cuencas hidrográficas son las áreas sobre las cuales el agua fluye en su trayectoria habitual hacia corrientes de agua, ríos, acuíferos o lagos. En un correcto manejo de cuencas hidrográficas es imprescindible tener un buen control de la erosión y la escorrentía. Para tales fines, se deben sembrar los cultivos con curvas de nivel y en terrazas, para evitar la degradación de los suelos, y mejorar la calidad, la cantidad y la fiabilidad de los recursos hídricos. Es imprescindible conservar nuestras cuencas hidrográficas. En tal sentido, en su artículo 15, numeral 5 y articulo 87, presentan estas normativas. Citamos: Art. 15.- Son objetivos particulares de la presente ley: 5. Garantizar el manejo racional de las cuencas y sistemas hídricos, asegurando de esta manera la sostenibilidad de los mismos.

Art. 87.- Se dispone la delimitación obligatoria de zonas de protección alrededor de los cuerpos de agua, de obras e instalaciones hidráulicas, así como de cauces naturales y artificiales, con la finalidad de evitar los peligros de contaminación, azolvamiento u otras formas de degradación. Los requisitos para las referidas zonas de protección dependerán del uso a que estén destinadas las aguas y de la naturaleza de las instalaciones.

En el país tenemos la Ley No. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, y en su artículo 6 dice textualmente: “Las políticas públicas se articularán en torno a cuatro Ejes Estratégicos, con sus correspondientes Objetivos y Líneas de Acción, los cuales definen el modelo de desarrollo sostenible al que aspira la República Dominicana”.

En su artículo 10, define una adecuada adaptación al cambio climático, y por consecuencia a la protección del medio ambiente, por lo que se necesita un plan nacional de protección a nuestras cuencas, con el firme propósito de tener bosques bien cuidados y protegidos. Además, de una firme voluntad para una verdadera política medioambiental.

Citamos el artículo 10. Cuarto Eje, que procura una Sociedad de Producción y Consumo Ambientalmente Sostenible que Adapta al Cambio Climático.- “Una sociedad con cultura de producción y consumo sostenible, que gestiona con equidad y eficacia los riesgos y la protección del medio ambiente y los recursos naturales y promueve una adecuada adaptación al cambio climático”. En los Objetivos Generales del cuarto eje, en su único párrafo, existen varios destinados a los recursos hídricos, por lo que citaremos tres de estos objetivos:
4.1.4 Gestionar el recurso agua de manera eficiente y sostenible, para garantizar la seguridad hídrica.

4.1.4.1 Desarrollar un marco legal e institucional que garantice la gestión sostenible y eficiente de los recursos hídricos superficiales y subterráneos.

4.1.4.2 Planificar de manera coordinada e integral la gestión del recurso hídrico, con la cuenca hidrográfica como elemento central, para una asignación sostenible al uso humano, ambiental y productivo. Y para apoyar la toma de decisiones en materia de la planificación del desarrollo regional.

Entendemos que el presidente Danilo Medina ha dado muestra de estar interesado por una verdadera directriz gubernamental de reforestación nacional. En su visita sorpresa al municipio de Hondo Valle, provincia Elías Piña, ordenó la reforestación de todas las montañas de esta comunidad, y en otra visita de los domingos se desplazó, sorprendiendo a los productores de la sección Hoyo del Pino, en Bonao, designando allí una comisión para diseñar un proyecto de siembra de café y cacao, con la finalidad de reforestar la zona del río Yuna, y les aseguró que para el Estado es fundamental reforestar. El mandatario reconoce que esta es una de las principales vías para una mayor producción de agua, a través de las lluvias y los felicitó por el esfuerzo que han realizado en la zona, por convivir con un medio ambiente sostenible.

Es bueno aclarar que el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) y las distintas corporaciones de acueductos y alcantarillados, (las CORAAs), son entidades reguladoras, distribuidoras y de suministro de agua potable, que están condicionadas a la producción de agua, para dar un mejor servicio. Tanto es así, que en época de fuerte sequía el suministro de agua a la población baja de manera sustancial, debido a la ausencia de lluvias donde los embalses de las presas y los ríos prácticamente se quedan sin agua. Los acueductos bajo la administración de Inapa y las CORAAs, suministran la mayor cantidad de agua a sus usuarios, cuando los niveles en las obras de tomas tienen los más altos registros, producto de las lluvias. Ahora bien, por su propias iniciativas las referidas instituciones, las cuales son adscritas al sector salud y que también son administradoras del recurso agua, tienen posibilidad de captación de las aguas superficiales y de campos de pozos que aprovechan el agua subterránea que se infiltra a través de los suelos y suplirla a los pobladores de sus respectivas comunidades.

Repetimos que la única forma de producir agua es reforestando nuestras montañas, tener un buen manejo de las cuencas hidrográficas, y una adecuada canalización de ríos y arroyos que evite el deterioro de los suelos y por consiguiente la sedimentación. Y así evitar la desertificación, definida en el artículo 16, numeral 21, de la Ley No. 64-00, Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Citamos:

Art. 16.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

21. Desertificación: Es una progresiva e irreversible modificación de ecosistemas que asume las características ecológicas de los desiertos: escasez de agua (falta de lluvia, escurrimiento y evaporación inmediatos), eco dinámicas fuertemente estacionales, cortos períodos de crecimiento intensivo de especies oportunistas (rurales), disminución progresiva de la materia orgánica en los suelos, predominio depredadores de tercer y cuarto nivel, entre otras.

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