La SCJ reconoce el poder sancionador de Pro Consumidor

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoció ayer la potestad sancionadora del Instituto Nacional de Protección de los Derechos  del Consumidor (Pro Consumidor).

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoció ayer la potestad sancionadora del Instituto Nacional de Protección de los Derechos  del Consumidor (Pro Consumidor).Esta sentencia explica que el 13 de febrero de 2012, Pro Consumidor emitió una resolución en la que impone sanciones a la razón social Envasadora Rojo Gas por violación a los derechos del consumidor.

La empresa recurrió ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) donde fue anulada la resolución por entender que Pro Consumidor no tenía calidad para imponer sanciones administrativas.

Esta sentencia del TSA fue objeto de un recurso de casación, el cual fue acogido por la Suprema Corte de Justicia, que anuló la sentencia del TSA y reconoce el derecho de Pro Consumidor para imponer sanciones. Indica la decisión que, al constituir un órgano oficial de la administración pública, la entidad protectora del consumidor tiene competencia para aplicar sanciones pecuniarias, además, restablece el imperio de la Resolución No. 062-2012 en la que se impone 100 salarios mínimos del sector público a la empresa por concepto de multa. La SCJ precisa que el TSA debió limitarse a revisar la legalidad de la  actuación de Pro Consumidor.

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