Cuando Ángel Hernández asumió la dirección del Ministerio de Educación (Minerd), al ser designado en sustitución del Dr. Rafael Fulcar, mediante el decreto No.414-22, en una reunión que sostuviera con los abogados que representaron una parte de los técnicos de educación, que habían sido beneficiados con la sentencia del Tribunal Constitucional TC-0415-16, el ministro se comprometió a cumplir con lo pactado en el contrato transaccional no. 0282, firmado entre el Minerd y los abogados Dr. Wilson Tolentino de Jesús Silverio y Lic. Caonabo Martínez Morel.

En este contexto, en el considerando tercero del VII del contrato se establece lo siguiente: “El Minerd se compromete a pagar a los abogados apoderados por los demandantes, doctor Wilson de Jesús Tolentino y licenciado Caonabo M. Martínez Morel, el 5% del 55% establecido como pago de la deuda acordada”.

En ese sentido, es importante destacar que el referido acuerdo luego de seis (6) audiencias de conciliación ante la Unidad de Ejecución de Sentencias del Tribunal Constitucional, fue homologado mediante la resolución no. 0004-2022, realizada en fecha 24 de mayo del año 2022.

En fecha 28 y 29 de diciembre del año 2022, el Minerd inició el proceso de pago a los técnicos, con lo cual se cumple la primera parte del contrato no. 0282. Con este pago se pone fin a una deuda que se venía arrastrando desde el año 2012. Sin embargo, aún queda pendiente el pago del 5% a los, pero a pesar de los ingentes esfuerzos de los abogados, por diferentes medios, el ministro de educación Ángel Hernández, se niega a cumplir con lo pactado.

En ese tenor, esa actitud arrogante y prepotente del ministro de Educación refleja la falta institucionalidad que impera en República Dominicana, donde un funcionario que, al tomar posesión en el cargo, juró cumplir con la Constitución y las leyes y sin embargo se niega a pagar la deuda con los abogados, compromiso que el mismo en una reunión prometió cumplir.

En ese sentido, hacemos un llamado al presidente Luis Abinader, para que ordene al ministro de Educación cumplir con el pago de los honorarios de los abogados como está estipulado en el contrato No. 0282. En este contexto, esta negativa del señor Ángel Hernández evidencia la falta de institucionalidad, y es una grosera violación al principio de seguridad jurídica, dignidad humana y al derecho al trabajo.

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