El doctor Ramón Pina Acevedo Martínez murió en febrero del año 2018, tenía 96 años y más de 70 de intenso ejercicio de la profesión de abogado. Se había graduado en 1946.
El doctor Pina fue uno de los últimos abogados completos del país, un peso pesado. Hablaba inglés y francés, y estudió en Venezuela, México, España y Francia.
Desempeñó varios cargos públicos, desde abogado de Oficio, en 1946; hasta procurador general de la República, en 1996.
Fue miembro de la Asociación Dominicana de Abogados (Adoma), del Colegio Dominicano de Abogados y del Colegio Dominicano de Notarios, entre otras organizaciones nacionales. También estuvo vinculado por muchos años al boxeo, y llegó a ser presidente de la Organización Mundial de Boxeo, en 1989.
El doctor Pina no necesitaba presentación en nuestro mundo jurídico, fue uno de los abogados de mayor trascendencia en nuestra historia, tanto por su vasta cultura jurídica y humanista, como por haber estado implicado en algunos de los casos de mayor transcendencia en la historia jurídica nacional, como el denominado proceso Baninter, por ejemplo. Era incisivo y frontal en la batalla; cálido con los amigos.
Publicó varios libros, entre ellos: “Apuntes jurídicos”, el cual reúne más de veinte trabajos, entre artículos para la prensa y conferencias.
En estos se puede constatar la amplitud de sus conocimientos jurídicos, por un lado, y, contrario a lo que muchos pudieran pensar, la fluidez de su escritura, por otro.
El primero de estos trabajos lleva por título: “La evolución de las pruebas en materia penal”, allí empieza hablando de “los juicios de Dios”, luego de los inicios del proceso de investigación jurídica científica y de tratadistas importantes, como Nicolás Framarino Dei Malatesta y Rene Floriot.
En la parte que habla sobre el testimonio, dice el doctor Pina, citando a don Mariano Ruiz Funes: “Las pruebas, todas tienen su objeción, y que, justamente la más humana que es el testimonio, es la menos confiable”.
En otro de los trabajos, titulado: “Valor de la declaración del procesado en ausencia de otras pruebas, en la jurisprudencia dominicana”, transcribe y analiza jurisprudencias de principios, algunas del siglo XIX, que aún podrían aplicarse a la jurisdicción penal. Por ejemplo: En materia penal está prohibido aplicar condenaciones cuando las pruebas no son evidentes (…)” (SCJ: 1893). O esta otra, el “juez de lo criminal no puede basar su fallo en deducciones más o menos exactas, sino por el contrario, está en el deber de apoyarlo en hechos comprobados, claros, precisos y concordantes, que no permitan ni por un instante la menor sombra de duda” (SCJ: 1890). Y otras decisiones en esta misma línea en procura de una mejor valoración de la carga probatoria en el proceso.
Finalmente, en varios de los trabajos que reúne este libro, el doctor Pina da siempre este consejo a los estudiantes y jóvenes abogados: Que en el noble, aunque áspero ministerio de pedir justicia, el abogado en su ejercicio profesional, ya bien en lo penal como en lo civil, debe convertirse en un sacerdote y guardián de la prueba: esa es la llave del éxito.
Aún recuperable y actual el doctor Pina.
(Dedico estas Pinceladas a mis amigos Benzán, Prado y Barcácel)