El consentimiento informado, es un derecho que tienen los consumidores o usuarios, y una obligación para los proveedores de ofrecer de manera oportuna y a tiempo las informaciones acerca de los bienes, productos o servicios que ofrecen.
En este contexto, en las relaciones de consumo operan principios, que guían la alianza contractual entre los proveedores y los consumidores, uno de estos es la buena fe, que se erige como cardinal en el ámbito de la contratación de bienes y servicios.

Con la observación de este principio, se persigue reducir la asimetría que existe en la relación de consumo. Esto quiere decir, que entre ambas partes debe reinar un ambiente de igualdad, ya que, el proveedor en la mayoría de los casos tiene pleno conocimiento del producto o servicio que está ofertando, y el consumidor mediante la relación contractual, busca satisfacer una necesidad.

El principio de buena fe implica que el proveedor debe facilitarle al comprador todas las informaciones necesarias para que éste decida la conveniencia del negocio; prevenir riesgos, determinar el alcance de las obligaciones y los derechos asumidos en aras de una correcta ejecución del contrato.

Además, la buena fe, cumple la función de integrar al entramado normativo contractual, un conjunto de reglas y valores que les permiten a las partes satisfacer sus intereses.

Desde la doctrina comparada el jurista Cesare Massimo Bianca, al abordar el contenido del principio de buena fe, manifiesta lo siguiente:

“La buena fe se expresa en diversos valores fundamentales, y en materia del deber de información, este constituye una manifestación de las exigencias de lealtad y la salvaguarda que propone el principio… (Massimo Bianca, 2007, p.182).

La Corte Constitucional de Colombia abordando valores éticos y morales vinculados al principio de buena fe, en la sentencia T-272-2012, en el considerando 6.1 ha postulado: “Como una exigencia de honestidad, confianza, rectitud, decoro y credibilidad que otorga la palabra dada, a la cual deben someterse las diversas actuaciones de las autoridades y de los particulares entre sí y ante éstas, la cual se presume, y constituye un soporte esencial del sistema jurídico…

En resumen, la buena fe incorpora el valor ético de la confianza y significa que el hombre cree y confía en que una declaración de voluntad surtirá en un caso concreto.

En síntesis, el derecho del consumo en los últimos años se ha configurado como una disciplina autónoma del derecho público, en ese tenor el principio de buena fe se erige como un elemento fundamental del derecho al consentimiento informado.

Por tanto, la aplicación de este principio implica cooperación y lealtad, que constituye la base fundamental para que la relación entre proveedores y consumidores se desarrolle de manera armónica y simétrica.

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