Luego de las elecciones municipales del pasado 18 de febrero, en las que fueron elegidas las personas que encabezarán los 158 municipios del país, además de los regidores y regidoras de ellos, nos toca replantearnos el norte de estos importantes órganos dentro de nuestro sistema político y administrativo.

Hablo de replantear el norte, porque desde las propias “propuestas” de muchos de los candidatos queda claro que la gran mayoría desconoce de las competencias que tienen los ayuntamientos, proponiendo muchas veces auténticas reformas legislativas o acciones propias del gobierno central; plato aparte llevamos los munícipes que también desconocemos qué funciones debemos medir en los representantes de los cabildos, históricamente medidos por el factor “recogida de basura”.

Desde el ideario del Padre de la Patria Juan Pablo Duarte se situaba a los municipios como uno de los poderes del Estado, el prócer visualizaba en el Poder Municipal uno de los poderes principales, reconociendo que se trata del espacio de gobierno más cercano a la ciudadanía, con vocación de escuchar y responder las principales necesidades de la gente.

La configuración actual de los gobiernos locales dista un poco de ser el epicentro del Estado, pero sigue, al menos en el papel, teniendo una importancia capital dentro del ordenamiento jurídico. Seguimos hablando de la base del sistema político administrativo local, a los que la propia Constitución reconoce autonomía presupuestaria, potestades normativas, administrativas y de uso de suelo, además de otras múltiples competencias legales.

No pretendemos que se deje de lado la recogida de basura, fundamental en cualquier sociedad, sin embargo deben pensarse y ejecutarse soluciones integrales, pues no podemos juzgar como exitosa una gestión sólo por la recogida sin tener en cuenta la disposición final de los residuos, el tratamiento y soluciones de reciclaje, para que no terminemos flotando sobre nuestros desechos.

Por otro lado, los gobiernos locales están diseñados para ser los espacios donde se desarrolle con mayor potencia la participación ciudadana en la gestión de los mismos, se espera desde la Constitución de enero de 2010 por la Ley Orgánica de la Administración Local, donde se regulen los aspectos concernientes al referendo, plebiscito y la iniciativa normativa municipal.

De la mano de estos importantes mecanismos de participación ciudadana, se encuentra una de las herramientas más subutilizadas del gobierno local, los presupuestos participativos, herramienta directa y deliberativa que permite a los ciudadanos involucrarse en el diseño, decisión, ejecución y seguimiento de las políticas públicas. Observemos las experiencias de Porto Alegre, Lima, Medellín, Vancouver, como forma de acercarnos a lo que se conoce como democracia de “proximidad”, centrada en dos objetivos fundamentales, por un lado la toma de decisiones geográficamente más cerca de la gente y, por otro lado, un sistema con mayor comunicación entre la sociedad y los políticos, para darnos cuenta de que se puede avanzar bastante y que los ciudadanos podemos y debemos contribuir en la eficiencia del Estado.

Ordenamiento del tránsito, alumbrado público, políticas de uso de suelo, gestión de los espacios públicos, fomento de la economía local, son algunos de los rubros que brillan por su ausencia en las ejecuciones de los ayuntamientos y que nos permiten ver lo alejados que nos encontramos del “deber ser” en gestión municipal.

Desde esta columna lanzamos la invitación a los nuevos alcaldes, alcaldesas, regidores y regidoras, así como a los que repiten nuevamente en sus posiciones, de que se detengan a leer la Constitución y la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los municipios, que conozcan sus competencias y atribuciones, es el único camino para desarrollar un verdadero gobierno local.

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